La Jefatura Distrital de San Pedro emitió un comunicado en el que informa sobre las prohibiciones que establece la Ley 2135/83 y que están vigentes antes, durante y después de los comicios.
En el mismo se informa que durante la elección no se admiten reuniones de electores a menos de 80 metros de los centros de votación. En el mismo radio, no pueden ofrecerse o entregarse boletas de sufragio, ni ubicarse locales partidarios.
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas no podrán realizarse desde las 0 horas del domingo y hasta las 21 del mismo día. El mismo horario rige para la prohibición de portar banderas, divisas y otros distintivos.
La policía informó también que en todos los destacamentos policiales del distrito el personal atenderá al público para expedir certificados de distancia para quienes se domicilien a más de 500 km de San Pedro y certificados médicos para aquellas personas que se encuentran incapacitadas por problemas de salud para votar. no se expedirán constancias a quienes no figuran en los padrones.
La cobertura completa de las elecciones en
www.eleccionessanpedro.blogspot.com