Condolencias de Sociedad Rural por la muerte Luciano Miguens, fundador de la Mesa de Enlace

La Sociedad Rural de San Pedro compartió sus condolencias con la familia y amigos de Luciano Miguens, ex presidente de la Sociedad Rural Argentina.  El dirigente agropecuario y criador de caballos criollos marplatense tenía 85 años. 

El juez Villafuerte Ruzo aún no resolvió si llamará a indagatoria a los ruralistas

El Juez Federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo aseguró hoy que "aún no resolvió" si llamará a declarar a los dirigentes políticos y de entidades agropecuarias acusados de haber participado de un corte de ruta, tal como lo pidió ayer el fiscal de de esa ciudad, Juan Murray.
En declaraciones a Télam, el juez señaló que si bien "el fiscal pidió que se les reciba declaración indagatoria", él aún no lo "resolvió" ya que para ello quiere tener "toda la prueba fílmica y de audio" del acontecimiento del que participaron los dirigentes, el 19 de marzo.
En esta causa están imputados el presidente de la Sociedad Rural de San Pedro, Raúl Victores, los titulares de la Federación Agraria (FAA), Eduardo Buzzi, y de Confederaciones Rurales (CRA), Mario Llambías, además de las dirigentes políticas de la oposición Margarita Stolbizer y María del Cármen Alarcón, entre otras.
Villafuerte Ruzo ratificó también que "por el momento" tampoco se ha expedido en la causa contra los ocho productores procesados por una presunta quema de pastizales y un corte en la Ruta Nacional 9 hace algo más de diez días.
En este caso lo que tiene que hacer Villafuerte Ruzo es resolver la situación procesal de los ocho imputados porque "ya se cumplió con las indagatorias".
El juez recordó que "el corte de rutas es un delito y está tipificado en el Código Penal", con penas máximas de hasta dos años, y estimó que "en cada uno de los cortes se deben estar labrando actuaciones por parte de la Justicia provincial o federal".
Finalmente, explicó que la norma está (respecto al delito de cortar rutas) y que "a los jueces no corresponde analizar si es correcto o no la norma, salvo que se plantee un pedido de inconstitucionalidad concreto".
Recordó también que "la autoridad policial está facultada para proceder en consecuencia, porque la ley lo autoriza, si el delito es flagrante", aunque reconoció queda en la autoridad política establecer "si da la orden de detener en flagrante delito, o no, a las personas que están cortando" y que "es fundamental en estos casos la prevención".