El Juzgado de Paz de San Pedro atenderá este domingo en el horario especial de 8 a 18, a fin de asistir a los ciudadanos que tengan inconvenientes para emitir su voto.
La Suprema Corte Bonaerense dispuso que los Juzgados se encuentren “de turno” el día de las elecciones, y “al servicio” del acto eleccionario.
En tal sentido, el Art. 24 de la Ley Electoral Nº 5.109 establece que “en cada cabecera de Partido, el Juez de Paz será el agente ejecutor de las resoluciones de la Junta Electoral y responsable en forma personal del cumplimiento de dicha ley”.
Stella Maris Ruiz, titular del Juzgado de Paz de San Pedro, explicó que atenderán a los ciudadanos que no hayan podido sufragar. “Se les extenderá un certificado en el que indican que no pudieron votar, explicando el motivo” indicó la funcionaria.
Entre otras razones, pueden dirigirse al Juzgado de Paz aquellos que no figuren en el padrón, figuren con un documento equivocado (original por duplicado, por ejemplo), con errores en el nombre o el número.
Una vez que reciban el certificado del Juzgado, los ciudadanos deberán enviarlo junto al Documento a la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, con sede en calle 8, entre 50 y 51, de la ciudad de La Plata.