El Intendente Mario Barbieri envió en las últimas horas una nota a la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal, cumpliendo con el pedido formulado por los participantes de la marcha realizada el 22 de Agosto, quienes pidieron que se restituya la prisión domiciliaria a Luis Castañarez, el policía condenado por el homicidio de Gonzalo Rojas, de 16 años.
Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal
Sr. Presidente
Dr. Alberto Antonio Moreno
Guardias Nacionales Nº 47 – San Nicolás
s/d
Me dirijo a Ud. y demás magistrados integrantes del Tribunal, a efectos de hacerles conocer un hecho acontecido en la ciudad de San Pedro el día 22 de agosto del corriente año en el cual una marcha multitudinaria, de más de mil vecinos, se presentó en la Municipalidad en horas de la tarde para hacer entrega de una comunicación que recibieron la Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Concejales y Secretarios del Departamento Ejecutivo dado que me encontraba en una reunión en la ciudad vecina de Campana.
A más del petitorio y de las firmas que allí se obtuvieron en apoyo del mismo, la Sra. Sonia Mateos, esposa del Sr. Luis Castañarez me solicitó una reunión a la cual accedí en mérito a la representación política que del Municipio ostento, ya que se trataba una solicitud de una vecina que hacía uso y ejercicio de su derecho constitucional a peticionar.
Respeto plenamente la independencia de los poderes constitucionales y de manera alguna puedo o pretendo avasallar la esfera de competencia que cada uno de los poderes tiene reservada para sí en la República, pero no es menos cierto que el hecho palmario y manifiesto de la marcha, movilización vecinal y la entrega del petitorio se concretaron, y todos los temas tienen relación con la jurisdicción de la Excma. Cámara.
Por este motivo y en razón que no existen aun sentencias definitivas pasadas en cosa juzgada, entiendo que colaboro con el Alto Tribunal al allegarle el petitorio que tuvo espontánea y multitudinaria adhesión en la ciudad, adhiriendo expresa y especialmente a dos preceptos contenidos en el art. 18 de la Constitución Nacional en tanto sostienen que: “(….) Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.”
Sin más, aprovecho la oportunidad para saludarlo muy atentamente a V.E. y demás integrantes del Tribunal.
San Pedro 30 de agosto de 2009.-