Carreras y Sosa sumaron más oro para Argentina en el Sudamericano de Canotaje

Gonzalo Carreras y Gonzalo Sosa continúan sumando medallas de oro para el país en el Campeonato Sudamericano y Panamericano de Canotaje y Paracanotaje 2024, que se desarrolla en el Lago Calcagno de Montevideo. Carreras se destacó en las pruebas de K1 500 y K4 1000 metros, mientras que Sosa hizo lo propio en K2 1000, K4 500 y K2 500. Además, Sosa obtuvo una medalla de plata en K4 1000.

El Senado convirtió en Ley la reforma tributaria de la Provincia de Buenos Aires

El Senado bonaerense aprobó y convirtió en ley esta tarde la reforma impositiva impulsada por el gobernador Daniel Scioli, que generó un fuerte rechazo por parte del sector rural.
El proyecto convertido en ley prevé la creación de un gravamen para la carga y descarga en puertos, ajusta el impuesto Inmobiliario Rural y Urbano y crea un tributo para las herencias.
El oficialismo consiguió reunir el número necesario de senadores para tratar sobre tablas el proyecto, que finalmente tuvo el respaldo de 28 legisladores y 12 votos en contra de la oposición (ARI, GEN y UCR), en un debate que duró poco más de dos horas y media.
De esta manera, la iniciativa fue convertida en ley, en una votación en general sin modificaciones, ya que tenía media sanción de la Cámara de Diputados bonaerense.
En la votación particular, el artículo 26, que impone un gravamen a la carga y descarga en los puertos bonaerenses, fue el que generó diferencias en el bloque oficialista.
Al respecto, este artículo tuvo el voto negativo de los senadores Elsa Strizzi y Santiago Nardelli, mientras que Alberto Javier Mazza se abstuvo.
De esta manera, este artículo tuvo en particular el apoyo de 26 legisladores, otros 14 en contra y una abstención.
La nueva norma que entrará en vigencia en el 2010, es resistida por las cuatro entidades agropecuarias que integran la Mesa de Enlace Provincial y por los operadores portuarios.

El cuerpo normativo contiene las siguientes modificaciones tributarias:
* Impuesto Inmobiliario Urbano.
La reforma elimina o mantiene inalterable el valor de la alícuota para el 87 por ciento de las propiedades; el 13 por ciento restantes, alrededor de 800 mil partidas, reciben un 20 por ciento de aumento, similar al aplicado este año.
Aproximadamente un millón de familias propietarias de viviendas con valuación fiscal de hasta 25 mil pesos quedará exenta del pago de esta obligación fiscal. A los terrenos baldíos de alto valor se le fijó una sobre alícuota, "buscando incentivar el desarrollo de los mismos y evitar la especulación", señala la norma.
* Impuesto Inmobiliario Rural. Los incrementos dispuestos en este tributo resultan de aplicar un revalúo de los campos realizado por la provincia en el año 2005 y que nunca se efectivizó y el aumento promedio será de aproximadamente el 30%. La ley sancionada deja exenta del pago de este impuesto "sin trámite alguno", a siete millones de hectáreas -el 25% de la superficie productiva estimada en 26 millones de hectáreas-, afectada por la sequía. Las construcciones de cascos de estancias que actualmente en su mayoría no pagan impuesto inmobiliario, pasarán a tributar, pero quedan exentas aquellas de menor valor fiscal, menos de 100.000 pesos.
* Impuesto a los Automotores. Según la ley sancionada el 70% del parque automotor de la provincia, vehículos valuados en hasta 40.000 pesos, tributarán un 5% menos que lo abonado en el 2009 y el 30% restantes tendrán un incremento que podrá llegar a un 5%. La comercialización de vehículos usados dejará de pagar Ingresos Brutos y comenzará a abonar el impuesto a los Sellos en cada transferencia, cambio con el que procurarán disminuir la evasión impositiva.
* Impuesto a la Herencia. El texto subraya que no se trata de la creación de un nuevo impuesto, sino de la regulación de lo expresado en la Ley 13.688 -Ley Provincial de Educación- que taxativamente dispone que el 80% de los recauda pasa al Fondo Provincial de Educación y el 20% restante a las administraciones municipales. Quedan exentas del tributo las transmisiones de bienes que en conjunto no superen los 3 millones de pesos.
* Impuesto adicional de ingresos brutos para la actividad portuaria. La ley fija una tasa de despacho para operaciones de carga y descarga de todo tipo de mercaderías con excepción áridos (piedras) y productos de la pesca artesanal, en las 14 estaciones portuarias de la provincia. La tasa de carga se fijó en 6 pesos por toneladas y la de descarga en 18 pesos. Con la aplicación de esta medida, resistida por los operadores portuarios y por las entidades agropecuarias, el gobierno procura garantizar los fondos necesarios para generar más obras de infraestructura y mejores servicios.

Fuentes: Télam, DyN y NA