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Pesca con trasmallo |
Prefectura Naval Argentina secuestró esta mañana alrededor de 300 kilos de pescado durante un operativo desarrollado en la costa, sobre el barrio “El Amanecer”.
El prefecto Diego Ruata, titular de la Prefectura local informó que se detectó a un grupo de gente que “estaba realizando pesca comercial con cinco tejidos trasmallo con las medidas que no son las reglamentadas y también se ha secuestrado gran cantidad de pescado como dorados y surubíes que están fuera de temporada y en medidas no permitidas, así que estamos labrando las actuaciones de rigor”. En el caso de otros pescados, como tarariras y bogas, fueron entregadas para el consumo personal de los vecinos.
Además, se labró un acta de infracción, ya que la embarcación no contaba con la documentación pertinente.
Los pescadores, familiares y vecinos reclamaron airadamente contra el personal de Prefectura. “Es una vergüenza lo que están haciendo” sostuvo uno de ellos, exponiendo además que “acá Prefectura en San Pedro no te deja andar en el agua, y en Ramallo y Baradero no hay problemas”. Además, denunció que “entran barcos allá adentro de Lechiguanas con veinte canoas, y sacan del pescado más grande al más chico y no tienen problemas”.
El reglamento
Desde el 1º de octubre al 15 de Enero de cada año, está vedada la pesca del dorado y es total, no permitiéndose su comercialización y captura durante ese periodo. La talla mínima de captura es de 60cm (medidos en sentido longitudinal desde el extremo anterior del cuerpo hasta el extremo posterior de la aleta caudal) y la cantidad de 2 piezas por pescador y por día.
La infracción de la veda es sancionada con multa mínima equivalente a cuatro sueldos mínimos de la administración pública provincial.
En el caso del pejerrey, en aguas fluviales, “se permite sólo una caña por pescador, utilizado para líneas de flote un máximo de 5 anzuelos simples y para la modalidad de fondo de 3 anzuelos simples” aunque “no existen restricciones en cuanto al tamaño mínimo de captura ni al número de piezas a extraer por día y por persona”. También en este caso rige la veda, establecida entre el 1º de Septiembre y el 30 de Noviembre de cada año.
Se consideran “artes prohibidas” para realizar la pesca deportiva en cualquier ambiente interior de la provincia de Buenos Aires el mediomundo, atarraya, espinel, trasmallo o 3 telas. También se prohíben los robadores o cualquier clase de red sea de arrastre o de enmalle.