Condolencias de Sociedad Rural por la muerte Luciano Miguens, fundador de la Mesa de Enlace

La Sociedad Rural de San Pedro compartió sus condolencias con la familia y amigos de Luciano Miguens, ex presidente de la Sociedad Rural Argentina.  El dirigente agropecuario y criador de caballos criollos marplatense tenía 85 años. 

Claves para entender las nuevas disposiciones sobre cheques y tarjetas

El gobierno nacional solicitó a las empresas emisoras de tarjetas de crédito y cheques de viajero a informar cualquier operación de sus clientes que puedan llegar a significar lavado de dinero, según estipuló en el Boletín Oficial de este lunes.
Según publicó “El Cronista Comercial” en su edición impresa de este martes, la Unidad de Información Financiera (UIF) exige que las empresas requieran una declaración jurada a las personas que soliciten emisión de cheques o tarjetas con un valor superior a los 5.000 pesos.
Las compañías también deberán abrir un legajo de identificación de cada cliente, en el que conste su actividad laboral, y si dicho individuo es una Persona Expuesta Políticamente (PEP), como la Presidenta, los ministros, los empresarios y los gremialistas.
De esta manera, y para combatir el lavado de dinero, las empresas deberán realizar perfiles financieros de sus clientes y seguir las operaciones que realicen. Para adecuarse a esta nueva normativa tienen 90 días.
Esta resolución, la 27/2011 publicada en el Boletín Oficial del lunes, es una medida adoptada después de que el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner centralizara en la UIF las acciones antilavado.

Claves
El diario “La Nación” publicó hoy cinco claves para entender la nueva regulación y cómo afectará a los usuarios.
Límites. Las firmas emisoras estarán obligadas a exigir una declaración jurada a sus clientes cuando éstos soliciten una emisión de cheques de viajero superior a $ 5000 o tengan tarjetas con un límite de compra superior a esa cifra.
Topes mayores. Cuando los límites de las tarjetas superen los $ 20.000, las declaraciones juradas deberán ir acompañadas de documentación que respalde el origen declarado de los fondos. Las empresas deberán realizar perfiles transaccionales de sus clientes y seguir las operaciones que efectúen.
Operaciones inusuales. Las empresas emisoras deberán informar cualquier operación de sus clientes considerada "inusual" o "sospechosa". La UIF tipificó estas operaciones: éstas, por ejemplo, incluyen la "alta concentración, sin causa aparente, de compras de un usuario en un mismo establecimiento adherido, por montos significativos", y situaciones en las que el cliente trate con "países o jurisdicciones declarados paraísos fiscales por la GAFI.
Registración. Se exige a las empresas a que registren las operaciones de sus clientes, tanto usuarios titulares como portadores de extensiones, y también a los proveedores de bienes o servicios o comercios adheridos. Las empresas también deberán abrir un legajo de identificación de cada cliente en el que conste, en el caso de la persona física, su actividad principal.
Oficial. La norma obliga a las compañías a designar un Oficial de Cumplimiento responsable de la relación con la UIF "que los bancos ya tienen" y a establecer un manual de procedimientos.