Los concejales Carlos Casini y Damián Mosquera, del bloque Unión Peronista, presentaron un proyecto por el que se establece “el procedimiento de acarreo mediante grúa” que se utilizará para retirar de la vía pública “vehículos u otro tipo de unidades, que se encuentren estacionados en infracción a las normas vigentes, y que por esa razón constituyan un obstáculo a la fluidez, ordenamiento y seguridad del tránsito”.
La medida también alcanzaría “a los automotores que sean pasibles de tal medida, según lo dispuesto en las leyes reguladoras del tránsito”.
De acuerdo al proyecto, el acarreo “será dispuesto por los inspectores municipales previo anuncio mediante su silbato en dos oportunidades a los fines de que el conductor concurra a remover el obstáculo”.
Como parte del procedimiento, “el inspector procederá a colocar fajas en puertas, capot, y baúl, confeccionará una planilla-inventario con los elementos visibles desde el exterior y en la que dejará constancia de roturas o desperfectos fácilmente perceptibles”.
Dicha planilla, numerada y firmada por el inspector actuante, que deberá ir acompañada por un juego de fotografías de los laterales, frente y parte trasera, en el caso de automotores, será suscripta además por quien reciba el vehículo en custodia en el Depósito Municipal, al que se remitirán las unidades.
Si antes de comenzar el acarreo por la grúa concurriere alguna persona legitimada a retirar la unidad, el Inspector suspenderá el acarreo y, en su caso, reintegrará el rodado.
Los inspectores actuantes labrarán las actas de infracción, y seguirán en relación a ellas los trámites dispuestos en las normas vigentes.
Al Juzgado Municipal de Faltas se remitirán las actas de infracción, las constancias de la medida de secuestro y las del reintegro, en su caso.-
Una vez cumplido el acarreo de la unidad al depósito municipal, la persona que tuviere derechos sobre la misma podrá retirarla, previo pago de los importes correspondientes a derechos por el acarreo, estadía y todo gasto que generen las actuaciones, sin perjuicio de la aplicación de la sanción que pudiere corresponder, para todo lo cual se seguirán los trámites pertinentes por ante la autoridad de juzgamiento.
Si eventualmente el Sr. Juez de Faltas dictara sentencia absolviendo al presunto infractor, dentro de los diez días se procederá a reintegrar las sumas cobradas en concepto de acarreo y estadía de vehículos.