Basquet: Tras un gran torneo, Náutico U13 fue subcampeón de la Asociación Zárate - Campana

El equipo U13 de basquet del Club Náutico San Pedro fue subcampeón de la Asociación de Básquet Zárate - Campana.  En el Final Four disputado este sábado en el gimnasio "Carlos Vasino" de Zárate, el conjunto dirigido por Juani Gastellu, comenzó imponiéndose con claridad en la semifinal contra Atlético Baradero por 79 a 47. En el ganador, Rafael Marzorati sumó 17 puntos, Sebastián Rey 13 puntos y 6 rebotes y Felipe Sagrera 12 puntos y 12 rebotes. 

El Concejo Deliberante pondrá en marcha la Oficina de Defensa del Consumidor

El Presidente del Concejo Deliberante, Sergio Rosa, confirmó que en los próximos días se pondrá en marcha la nueva Oficina Municipal de Defensa del Consumidor.
El proyecto, presentado por el concejal Martín Pando, fue aprobado por unanimidad por el cuerpo deliberativo, y se propone otorgar una herramienta a los ciudadanos para realizar reclamos, fundamentalmente ligados a empresas de servicios.

La Oficina Municipal de Defensa del Consumidor estará integrada por un consejo consultivo compuesto por el presidente del HCD, un representante de cada bloque político, un representante del Colegio de Abogados, un representante de cada asociación de defensa del consumidor con personería jurídica actuante en San Pedro y un representante del Departamento Ejecutivo Municipal.

Las siguientes son las atribuciones fijadas por la Ordenanza:
Prestar asesoramiento y evacuar consultas a los consumidores y usuarios.
Brindar información, orientación y educación al consumidor.
Fomentar y facilitar la creación y actuación de asociaciones locales de consumidores.
Efectuar controles sobre productos y servicios, en la medida que sean compatibles con el régimen de competencias municipal.
Recibir denuncias de los consumidores y usuarios.
Fijar y celebrar conciliaciones entre el denunciante y la empresa denunciada.
Elevar los acuerdos conciliatorios al Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor para que se expida sobre su homologación.
En los casos en que no exista conciliación, dictar el auto de imputación correspondiente.
Una vez contestado el traslado de la imputación o vencido el plazo para hacerlo elevar las actuaciones al Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor conforme Art. 47, 3er. Párrafo de la Ley nº 13.133.
Propiciar y aconsejar la creación normativa protectiva de los consumidores en el ámbito de competencia municipal teniendo en cuenta la problemática local o regional.
Colaborar con el gobierno municipal y/o Provincial en la difusión de las campañas de educación y orientación al consumidor.
Impulsar y participar activamente en campañas de información, difusión y educación para el consumo.
Asistir al Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor y del Usuario en todo lo que esté a su alcance.
Representar al municipio ante la COPRODEC.
Designar un cuerpo de inspectores del área a los efectos de ejercer funciones relacionadas con la defensa y protección de los consumidores y usuarios, como así también disponer lo necesario para la capacitación y perfeccionamiento del personal y del cuerpo.
Constatar a través de su cuerpo de Inspectores el cumplimiento de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, y evitar eventuales infracciones a la misma.