Un convenio entre la Municipalidad de San Pedro y el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia de Buenos Aires permitiría la llegada de 135 becas para jóvenes en situación de vulnerabilidad y otras 15 para estudiantes universitarios de 1.000 pesos cada una.
Se trata de la incorporación de San Pedro en el programa “Envión Educativo”, que puso en marcha el Ministerio a cargo de Baldomero Álvarez de Olivera.
La iniciativa propone la asignación de becas a jóvenes de entre 18 y 25 años que se encuentren cursando estudios universitarios o terciarios y que presenten propuestas para realizar actividades educativas con jóvenes en situación de vulnerabilidad en las sedes Envión.
También serán incorporados seis profesionales técnicos y docentes para cubrir el componente educativo del proyecto.
A continuación, el texto completo del convenio, que ingresó al Concejo Deliberante para su análisis y posterior aprobación:
CONVENIO
Entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por el Sr. Ministro Don Baldomero Álvarez de Oliver DNI 12.535.877, con domicilio legal en Calle 55 Nº 570 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, por una parte, y por la otra el Municipio de San Pedro, representado por su Intendente Pablo Guillermo Guacone DNI 18.456.846, con domicilio en calle Carlos Pellegrini Nº 150, conviene en celebrar la presente acta compromiso en mérito a los antecedente que se informan:
a). El ministerio de Desarrollo Social ha aprobado recientemente para el “Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión”, la estrategia de inclusión social juvenil con énfasis en la educación: “ENVION EDUCATIVO” cuyo objetivo central es la ampliación de la cobertura del componente educativo en los territorios donde se gestiona el Programa Envión para fortalecer la inclusión educativa de los jóvenes.
b). El Ministerio promoverá la implementación de la Estrategia de Inclusión Juvenil con énfasis en Educación junto a los Municipios que ya se encuentra gestionando el programa en sus territorios y que se comprometan a realizar los índices de deserción escolar en los barrios y comunidades donde existen Sedes Envión.
c) La estrategia se desarrollará ampliando las becas destinadas a cada sede, para ser asignadas a jóvenes entre 12 y 21 años, en situación de vulnerabilidad con inserción educativa precaria o que han abandonado recientemente la escuela
d) La estrategia prevé la asignación de becas a jóvenes de entre 18 y 25 años que se encuentren cursando estudios universitarios o terciarios y que presenten propuestas para realizar actividades educativas con jóvenes en las sedes Envión, en las áreas de lengua, matemáticas, ciencias, naturales, ciencias sociales, deportes y recreación, arte, cultura, comunicación, idiomas e informática o aquellos campos disciplinares que el Municipio identifique como estratégicos para el desarrollo del Programa Envión en su territorio.
En relación a lo expuesto, el Ministerio y el Municipio de San Pedro acuerdan:
PRIMERO: Para la selección de los destinatarios, el Municipio de San Pedro realizará un trabajo de campo, identificando jóvenes de doce a veintiún años de edad en situación de vulnerabilidad y con inserción educativa precaria o que han abandonado recientemente la escuela que serán posibles destinatarios del Programa. Esta selección se realizará mediante la intervención de profesionales idóneos, tales como asistentes y/o trabajadores sociales, o técnicos con conocimiento en la materia y redes de voluntariado social.-
SEGUNDO: El Ministerio destinará ciento treinta y cinco (135) becas de pesos trescientos (300) cada una a los destinatarios a que se refiere la cláusula primera, según cantidad de jóvenes y adolescentes inscriptos, para afectar al “Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión”, en el componente Educativo, al Municipio de San Pedro a partir del mes de Julio de 2011. Dicho importe ha verse disminuido en la proporción dineraria que resulte de aplicar el Decreto 1602/09 o la norma que lo modifique o sustituya en el futuro, cuando el beneficiario de la Asignación Universal para la Protección Social resulte además beneficiario del Programa Social Compartida Envión.-
TERCERO: El Municipio por medio de sus equipos técnicos convocará a jóvenes de entre 18 y 25 años que se encuentren realizando estudios universitarios o terciarios a presentar propuestas de trabajo para realizar actividades educativas en las Sedes Envión, en las áreas antes mencionadas.-
CUARTO: El Ministerio destinará quince (15) becas de pesos mil ($1.000) a los jóvenes estudiantes universitarios o de niveles terciarios cuyas propuestas de trabajo resulten seleccionadas. En esta selección se realizará de manera conjunta entre un representante del Ministerio de Desarrollo Social, un representante del Municipio y un coordinador de Sede.
QUINTO: El Municipio deberá cumplir las condiciones de habitabilidad y seguridad sobre los espacios donde se re realicen las actividades de fortalecimiento educativo y de responsabilidad civil y seguimiento de salud de los jóvenes becados que pudieren corresponder para cubrir evento o daño de los mismo o tercero ajenos al Programa.
SEXTO: El Ministerio proveerá los fondos para el sostenimiento de seis (6) profesionales, técnicos y docentes que se incorporen al componente educativo en cada Sede del Programa desarrollado en el Municipio. Previendo la incorporación de un profesional, docente o idóneo cada 25 becas asignadas. Dichos fondos serán trasferidos a la cuenta que el Municipio ha designado para la implementación del Programa Envión.-
SEPTIMO: El Municipio realizará un seguimiento socio-sanitario de cada destinatario y el Ministerio convergerá en acción conjunta con los Ministerio de Educación, Cultura y Salud de la Provincia de Buenos Aires, para fortalecer los procesos de prevención de enfermedades, promoción y seguimiento de salud que correspondan.
OCTAVA: El Municipio realizará los aportes necesarios para completar las actividades referidas en la cláusula anterior, y aportar a los destinatarios los requerimientos que el Programa exija
NOVENA: A todos los efectos derivados de la presente Acta de Adhesión, las partes constituyen domicilios especiales en los expresados ut-supra, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se realicen recíprocamente y se someten a la jurisdicción de los tribunales Contenciosos Administrativos del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a toda otra que pudiere corresponder