A partir del 1º de Mayo próximo, los pasajes de micros por carretera deberán ser emitidos con el código bidimensional, a fin de su fiscalización y para evitar adulteraciones o la reutilización, según dispuso la CNRT, por resolución publicada en el Boletín Oficial.
Entre otra información, que se publica en el Anexo, figura que deben contener el nombre y apellido del usuario, el DNI, precio del pasaje, destino, como también los datos de la empresa.
La resolución, que lleva la firma del interventor en la CNRT, Antonio Sicaro, fue notificada a las entidades representativas del transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional.
En los considerandos recuerda que la Resolución Nº 8 de la Secretaría de Transporte del 23 de enero de 2012 estableció que los boletos o pasajes entregados a los usuarios de los servicios públicos de transporte automotor de pasajeros por carretera interjurisdiccional, de tráficos libres y de servicios deben contener un código bidimensional que coadyuve a su validación.
El objetivo primordial de facilitar la fiscalización de la información integrante de los boletos o pasajes entregados a los usuarios, evitando su adulteración y/o reutilización, y fortaleciendo el marco de seguridad que el sistema requiere. Lo dispuesto por dicha resolución resulta extensivo a los servicios de transporte automotor de pasajeros de carácter internacional.
Puntualiza además que en el marco de las instrucciones impartidas por la Secretaría de Transporte en cuanto a la implementación del sistema resulta razonable establecer como plazo máximo para dar cumplimiento a lo normado por la presente Resolución hasta el 1º de mayo de 2012, debiendo acreditarse la observancia con lo dispuesto mediante declaración jurada efectuada por representante legal.