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Los alcances del acuerdo al mes de Mayo |
El Ministerio de Trabajo
homologará esta semana el acuerdo salarial entre el Sindicato Empleados de
Comercio (SEC) y las cámaras empresarias de la actividad, que consiste en una
recomposición salarial del 24 por ciento, a abonarse en dos tramos.
La recomposición se otorgará en
dos cuotas no acumulativas. La primera es de un 15%, retroactivo al 1 de mayo,
que se establece en forma no remunerativa hasta el 31 de diciembre de 2012. La
segunda, que es de un 9%, regirá a partir del 1 de noviembre hasta el 30 de
abril de 2013.
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Información y gráficos "IProfesional" |
El carácter no remunerativo de
las subas implica que no estarán sujetas al aporte de cargas sociales, mientras
no sean incorporadas al salario.
El Ministerio de Trabajo tenía
previsto eliminar en 2011 esta modalidad de pago, pero durante este año se han
firmado varios convenios de este tipo.
Asimismo, se aplicará un
incremento por grossing up una vez que las mejoras de mayo y noviembre sean
incorporadas al salario, para compensar los mayores aportes que deberá realizar
el empleado y que el sueldo de bolsillo sea el mismo.
El aumento se registrará en el
recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación "Acuerdo Mayo
2012".
En el caso de que quedara
pendiente la homologación del convenio y vencieran los plazos previstos para el
pago de los incrementos, las empresas abonarán las sumas devengadas con la
mención de "Pago Anticipo a Cuenta del Acuerdo Colectivo Mayo 2012",
los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes,
una vez homologado el acuerdo.
Al igual que el año pasado, el
aumento salarial se calculará sobre las escalas salariales de convenio (130/75)
vigentes en el mes de abril 2012. En dicho período, el básico de la categoría
más baja (maestranza A) alcanzaba los $3.267 de bolsillo y $4,058 en bruto.
Para el cálculo del incremento,
también podrán considerarse todas aquellas subas ajenas al convenio (a cuenta
de futuros aumentos) que hayan sido otorgadas antes del 1 de mayo del 2011. En
cambio, las subas de carácter general, sectorial o individual otorgados por los
empleadores desde esa fecha en adelante, podrán ser absorbidos o compensados.
Los empleados de la categoría
inicial (maestranza A) cobrarán $ 3.842 en mano y $ 4.667 en bruto con la
primera cuota de mayo.
Y, hacia fin de año, cuando se
abone la segunda cuota y se incorpore al salario el incremento previo, los
mercantiles de la categoría más baja percibirán $ 4.187 de bolsillo y 5.138
pesos en bruto.
La equivalencia al presentismo (8,33%) y el pago del
aguinaldo se abonarán sobre los montos no remunerativos pactados. En el caso de
la primera cuota del Sueldo Anual Complementario, se pagará en forma
proporcional por mayo y junio.
Al igual que el año pasado, los incrementos que se otorgan,
mientras mantengan su condición de no remunerativos, deberán ser tenidos en
cuenta para el pago de adicionales fijos previstos en convenio colectivo,
enfermedades inculpables, vacaciones anuales devengadas a partir del año 2012,
horas extras y, este año, se incorporan los feriados.
Pero las subas no impactarán en la antigüedad, hasta tanto
no sean incorporadas al salario básico.
El acuerdo "recomienda" a aquellas empresas que
liquidan suplementos y/o adicionales fijos y permanentes, por encima de los
establecidos en el convenio, que procuren negociar durante el presente año su
adecuación, teniendo en cuenta como referencia los nuevos incrementos
salariales.
Con esta cláusula, se apunta a que se mantengan las
diferencias de sueldos en aquellas compañías donde las remuneraciones parten de
un piso superior al básico de convenio, como ocurre en las grandes cadenas
comerciales.