Condolencias de Sociedad Rural por la muerte Luciano Miguens, fundador de la Mesa de Enlace

La Sociedad Rural de San Pedro compartió sus condolencias con la familia y amigos de Luciano Miguens, ex presidente de la Sociedad Rural Argentina.  El dirigente agropecuario y criador de caballos criollos marplatense tenía 85 años. 

Concejales impugnaron el listado de mayores contribuyentes elevado por el Ejecutivo

La comisión de Peticiones del Concejo Deliberante decidió solicitar al Ejecutivo que  remita las constancias que acrediten fehacientemente que los propuestos no se encuentran alcanzados por las inhabilidades previstas en la Ley Orgánica de la Municipalidades (constancia de domicilio, certificación de su carácter de contribuyente y libre deuda, constancia que acredite su condición de “no proveedor”).
“Del análisis del listado de mayores contribuyentes presentado por el Departamento Ejecutivo, se advierten situaciones que resultan incompatibles con el cargo y que fueron objeto de cuestionamiento en la última reunión de la comisión de Peticiones” indicó el concejal Mario Sánchez Negrete.

En un comunicado, el edil realiza el siguiente análisis:

“El contribuyente es cualquier persona física o jurídica con derechos y obligaciones, frente a un ente público (Municipalidad) derivados de los tributos.
Es quién soporta patrimonialmente el pago de los tributos (tasas municipales) con el fin de financiar al Estado (Municipal).
Para considerar el “gran contribuyente” o “mayor contribuyente” se pueden tomar distintos criterios (ingresos o ventas anuales superiores a un parámetro previamente establecido, los que hayan pagado tasas por un monto determinado previamente por el mismo Estado, contribuyentes que hayan realizado grandes inversiones o los que estén obligados a retener impuestos)
El mayor contribuyente tiene por función (de alguna forma) regular el crédito general de las municipalidades, con la intervención de la participación ciudadana y, fundamentalmente es quién tiene participación obligatoria en todo aumento o creación de tasas o contribución de mejoras y en el caso de empréstitos.

La Ley Orgánica Municipal establece premisas fundamentales para poder ser considerado Mayor Contribuyente, a saber:

a) El Art. 93 establece que tienen la calidad de mayores contribuyentes, los vecinos que paguen anualmente impuestos municipales que en conjunto excedan los doscientos pesos moneda nacional ($ 200 m/n), importe que no ha sido actualizado desde que se dictara la Ley 5887 modificatoria del citado Art. 93
y
b)  El artículo 6 punto 2 de la Ley Orgánica Municipal que al referirse a las inhabilidades e incompatibilidades incluye a los Concejales y los que directa o indirectamente estén interesados en algún contrato en que la Municipalidad sea parte, quedando comprendidos los miembros de las sociedades civiles y comerciales, directores, administradores, gerentes, factores o habilitados. No se encuentran comprendidos en esta disposición, los que revisten en la simple calidad de asociados de Sociedades Cooperativas y Mutualistas.
Con respecto al primer tema, si bien han existido antecedentes tendientes a la reforma de éste requisito (entre ellos un proyecto de resolución de éste HCD del 24/06/2009, lo real y cierto es que éste requisito continúa VIGENTE aunque desactualizado, por lo que estimo conveniente que, previo a resolver, se solicite al HTC se expida sobre éste tema, toda vez que muchos de los inscriptos no se encuentran inscriptos en el impuesto a las ganancias y/o ingresos brutos o, como Monotributistas categorías B a D, esto es, con ingresos anuales menores a $ 50.000 desvirtuando la figura del “mayor contribuyente”.
En relación al segundo precepto a tener en cuenta, del listado presentado se advierte que los mayores contribuyentes identificados con los números 4, 7, 8, 13, 20, 21, 22, 30 y 36 se encuentran comprendidos dentro de las inhabilidades por cuando han facturado en forma directa como proveedores a la Municipalidad de San Pedro durante el año 2011 y probablemente durante el presente año cosa que no se pudo corroborar puesto que el DEM decidió bloquear el acceso al RAFAM.
En igual condición se encuentran los mayores contribuyentes identificados con los números 5, 12, 14 y 18 por ser integrantes de sociedades proveedoras del Municipio durante el año 2011 y, presumiblemente durante éste año.
Amén de lo expuesto, los contribuyentes 4, 5, 8, 12, 13, 14, 20 y 21 se encuentran incluidos dentro del listado de deudas pendientes de pago del año 2011 (deudas en mora).
El Mayor Contribuyente identificado con el número 6 no puede ser Mayor Contribuyente por ser Concejal Municipal Suplente.
Existen además casos donde no se puede certificar que los mayores contribuyentes propuestos tengan domicilio en nuestra ciudad y/o que sean contribuyentes) ya que con los datos consignados no se puede determinar (3 y 10)


Listado de mayores contribuyentes propuestos:

1          Aguado, Hugo Oscar
2          Fanelli, Adriana Ida
3          Cabrera, Alverico
4          Noat, Pablo
5          Vicens Daniel Jaime
6          Popovich Marcelo Fabián
7          Bianchini Jorge
8          Ferrari Diego
9          Monteverde Juan José
10        Gimenez Juan José
11        Arce Mario Oscar
12        Biscia Daniel Elio
13        Blas Miguel
14        Zagabria Hernan Claudio
15        Basante Daniel Alberto
16        Gutierrez Juan Antonio
17        De vicenzi
18        Vicens Ruben Jaime
19        Capelletti Adolfo Enrique
20        Leiva Jorge Luis
21        Amorin Gustavo
22        Fiore Raúl Jorge
23        Vitale Pascual Reynaldo
24        Righetti Anibal Orlando
25        Azimonti Alberto Fabián
26        Diaz Roque Anibal
27        Tettamanti, Ariel Gustavo
28        Riolfo Omar Gualberto
29        Botta Mario Hugo
30        Perez Hugo Rodolfo
31        Alvarez Carlos Fabián
32        Marelli Fernando
33        Echeverria Guillermo
34        Batalla Alberto Juan
35        Marzoratti Roberto Enrique
36        Giles Marcelo Oscar