Esta mañana se presentó en la
Legislatura bonaerense el nuevo protocolo de aborto no punible que autoriza que
el sistema de salud provincial realice dicha intervención en casos de
violación, sin necesidad de una autorización judicial.
Tras la adecuación solicitada por
la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se deja en claro que toda mujer
violada “tiene derecho a solicitar esa práctica en el sistema de salud sin
necesidad de judicializar el caso” y se establece además que “los médicos
tienen un plazo no mayor a diez días para efectuarlo”.
El encargado de presentar el
nuevo protocolo fue el ministro de Salud bonaerense, Alejandro Collia, quien
señaló que a partir de ahora se “ofrece un marco legal certero al médico y al
equipo de salud en su conjunto, que ya no requieren autorización judicial para
realizar un aborto en caso de violación”.
De acuerdo a lo explicado por el
titular de la cartera, “el hospital y el médico tratante tienen la obligación
legal de practicar la intervención a requerimiento siempre que exista el
consentimiento informado de la mujer”.
Vale recordar que la Corte
Suprema de Justicia -el 13 de marzo de este año- había dejado en claro que
“basta con que la mujer firme una declaración jurada en la que asegure que su
embarazo es consecuencia de una violación para que la práctica se efectúe en un
establecimiento de salud habilitado por un médico diplomado, a fin de
garantizar la seguridad de la intervención”.
La nueva guía de procedimiento de
aborto no punible firmada hoy por el ministro de Salud (resolución 3146/12),
“se fundamenta en la necesidad de contar con pautas que garanticen el acceso al
aborto en los supuestos contemplados como no punibles en los términos del
Artículo Nº 86, Inciso 1 y 2 del Código Penal y del fallo de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación”.