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Los concejales Velo y Pando, entre los cuestionados |
La nota que
recibieron varios concejales en ejercicio y mandato cumplido en las últimas
horas, proveniente del Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, se
titula “Incumplimiento de los deberes y obligaciones por parte del Honorable Concejo
Deliberante”.
El
organismo provincial hace responsable de esa supuesta falta administrativa a Sergio
Rosa y Martín Pando (presidente del Concejo Deliberante durante el último
ejercicio), al ex presidente de la Comisión de Servicios Públicos y Seguridad,
Matías Velo, al Secretario de la misma Comisión, Damián Mosquera y al concejal
Adrián Macenet como Secretario del HCD.
La acusación,
en concreto es por tres puntos:
a)
Tratamiento
extemporáneo del pedido de convalidación del acta acuerdo de fecha 25/11/10,
que extinguía el contrato de concesión con la firma Jorge Alberto Caso S.A. de
fecha 05/05/08, presentado por el Departamento Ejecutivo el 24/02/11 y
rechazado el 27/10/11.
b)
Demora
en el tratamiento del proyecto de pliego de bases y condiciones para efectuar
un nuevo llamado a licitación para el servicio de transporte público, atento su
pase a Comisión de Servicios Públicos y Seguridad con fecha 13/01/11 y haberse
nuevamente tratado en sesión el 13/10/11, dictándose el Decreto HCD Nº 63/11
por el cual se enviaba el expediente a archivo.
c)
Falta
de tratamiento del Decreto Nº 783/11 fecha 30/11/11 presentado por el
Departamento Ejecutivo Municipal el 09/02/12, requiriendo la convalidación del
estado de emergencia del servicio de transporte, resolviéndose por mayoría su
archivo con fecha 2/02//12, sin aprobar o rechazar la petición.
En la parte
final de la misiva, el Tribunal de Cuentas hace saber que la falta de remisión
de la documentación y antecedentes para el pronunciamiento del Tribunal lleva
implícita la presunción de perjuicio para el erario municipal, correspondiendo
a los funcionarios alcanzados aportar la prueba de lo contrario. De no hacerlo,
se dictará sentencia sobre la base de lo actuado, en cumplimiento de los artículos
241 a
245 inclusive de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de
Buenos Aires.