El bloque de concejales del Frente para la Victoria presentó
un pedido de informes en el que solicita que el Ejecutivo le brinde datos sobre
situación legal y técnica de un predio municipal, ubicado en cercanías de la
Fábrica Papel Prensa.
La intención es determinar si, legalmente, la Municipalidad
puede volver a contar con el dominio efectivo de ese inmueble para destinarlo a
futuras inversiones.
En su primer artículo, la iniciativa requiere informes sobre
el predio “otorgado con carácter de tenencia precaria al señor
Juan Ricardo Guzman, correspondiente al inmueble con Nomenclatura Catastral: Circ.I, Sec. N, Charca 117, P. 4
de propiedad Municipal, todo ello según lo normado en la Ordenanza 4.902”.
Al mismo tiempo, pide que el Ejecutivo de cuenta de si el Municipio
percibió el canon Anual del 10% (diez por ciento) que el arrendatario tenía que
pagar por la Valuación Fiscal vigente para cada uno de los años de la tenencia precaria, a partir de la
sanción de la Ordenanza 4.902 aprobada el 27 de junio de 1996.
El objetivo, según se manifiesta en los vistos de la norma,
es “preservar un lugar estratégico, para que sirva a las generaciones
venideras, como así también a las futuras necesidades del Municipio”.
El predio se otorgó con carácter de tenencia precaria,
mediante un contrato por el usufructo del bien Municipal, el cual no podía
exceder los cinco años, lo que significaría que esta vencida la posesión
concedida al Señor Juan Ricardo Guzmán, tomando en cuenta que la sanción de
dicha norma fue aprobada el 27 de junio de 1996.
La propiedad en cuestión es de suma importancia, ya que
cuenta con 7 hectáreas
en cercanías de la zona de Papel Prensa, lo que significa que es un lugar de
privilegio de Dominio Municipal, pero que está en manos de un privado, siendo
que el Municipio puede necesitar ese lugar para proyectos propios o para
ofrecerlo a inversionistas privados que a su vez generen mano de obra en
nuestra ciudad.
“Sería oportuno que el DEM
averigüe e informe si el Municipio percibió el Canon Anual del 10% (Diez
por Ciento), que el arrendatario tenía que pagar por la Valuación Fiscal
vigente para cada uno de los años de
tenencia precaria” concluyen.