El Concejo Deliberante autorizó anoche al Departamento
Ejecutivo a contraer con el Banco de la Provincia de Buenos Aires un empréstito de hasta
la suma de diez millones de pesos.
El proyecto fue rechazado por el bloque opositor del Frente
de Todos.
“En realidad no lo pudimos analizar, porque el proyecto
tiene dos aristas, y aunque hoy uno mira y parece que el bloque que integro no
está de acuerdo con hacer obras, en
realidad teníamos dudas que no fueron respondidas” indicó Mario Sánchez Negrete.
“Una es cómo se va a pagar, porque no nos dieron la información.
Nos dijeron en sesión que lo íbamos a pagar con los fondos sojeros, que son
cinco millones en por año, y si en dos años tenemos diez millones, ¿para qué
vamos a pedir un crédito?” agregó Sánchez Negrete.
El temor, dijo el edil “es que el dinero se utilice para
otras cosas, porque contablemente está el número pero la plata no está, y tememos
que, frente a un gran déficit, se utilice el dinero para otras cosas”.
Los detalles
El préstamo que se autoriza a contraer estará sujeto a las
siguientes condiciones financieras:
PLAZO: Hasta sesenta (60) cuotas, mensuales y consecutivas
de capital e interés.
AMORTIZACION DE CAPITAL: Cuotas de amortización de capital
constante
(Sistema Alemán).
TASA DE INTERÉS APLICABLE: El préstamo devengará una tasa
variable en función de la tasa promedio mensual que publica el BCRA como
“BADLAR tasa de interés por depósito a plazo fijo de más de un millón de pesos-
total en pesos” (tasa testigo) o la que en el fututo la reemplace,
correspondiente al periodo comprendido entre el día 19 o anterior hábil del mes
precedente y el del día 20 o anterior hábil del segundo mes anterior, ambos al
mes de vencimiento del servicio, más un spread de 3
(tres) puntos porcentuales anuales.
PERÍODO DE INTERESES: Mensual.
INTERESES: Sobre saldo de deuda. La cuota de interés se
abonará conjuntamente con la cuota de amortización.
VENCIMIENTO DE LOS SERVICIOS: Las cuotas vencerán el último
día hábil del mes, venciendo la primera en esa misma fecha del mes siguiente al
de la efectivización del préstamo.
COMISION: Será del uno por ciento (1%) sobre el total del
préstamo a descontar por única vez en forma adelantada al momento de
efectivizarse la operación.
El importe del empréstito será destinado a la realización de obras públicas que a
continuación se detallan: construcción de cordón cuneta, pavimento asfáltico y
de hormigón armado, ampliación y extensiones del sistema de redes de agua potable e instalación de pozos
de suministros, ampliación y extensión de red
colectora cloacal, desagües pluviales, ampliación y extensiones de
alumbrado público.-
La obligación de pago a asumir por la Municipalidad será
garantizada mediante la afectación de los recursos que le correspondan al
Municipio por el Régimen de coparticipación de Impuestos Nacionales y
Provinciales (Ley Nº 10.559 y modificatorias) cediendo los mismos como medio de
pago de las obligaciones emergentes del presente préstamo. Posteriormente a que se efectivicen las retenciones
previstas por la ley, se autoriza al Banco de la Provincia de Buenos
Aires a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro
gasto que se origine con motivo del presente préstamo.-
El departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos
presupuestarios vigentes y en el futuro, los rubros y partidas necesarias para
dar ingreso a los recursos referidos y egresos de los fondos para atender los
servicios de la deuda hasta su total cancelación.-
El Departamento Ejecutivo suscribirá los convenios y demás documentación
que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente
operatoria.-
Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires,
a los efectos de que proceda a emitir el informe técnico y de evaluación según lo
dispuesto en las Leyes Nº 12.462 y Nº 13.295.-