El ambientalista Enrique Sierra dio a conocer imágenes que ilustran
la actual situación en el canal que abrió el Club Náutico cortando terreno
aluvional del Paseo Público.
“Imagino que esto, además de no tener estudio de Impacto
Ambiental (EIA), tiene que ser publico. Fue hecho por omisión, no controlar, de
las autoridades” indicó Sierra.
El ambientalista recordó que algo similar “pasó con las
Marinas de Mansa Lyfe, terrenos públicos concesionados sin canon, negocios
privados sobre terrenos públicos, prohibido por ordenanza de concesión Nº
4705/93”.
Sierra sostiene que “es
habitual en estos últimos años la extensión de lo privado sobre lo público y no
me extrañaría que en la isla que queda de este canal el CNSP haga una playa
solo para sus socios”.
Por omisión de las autoridades, agrega el integrante de la Fundación Oga, sucedió lo mismo
“con la concesión de San Pedro Resort (Howard Jhonson), cuando en el año 2006 se
perdió el 50% de terreno publico, como los terraplenes internos construidos sin
estudio de impacto ambiental, por omisión de las autoridades”.
El Código Civil indica, en su artículo 2.639, que “los
propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación
por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de treinta y cinco
metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización”. En el
mismo punto, agrega: “Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio
ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el
terreno en manera alguna”.
Por su parte, en el artículo 2.340 precisa que quedan comprendidos entre
los bienes públicos “las riberas internas de los ríos, entendiéndose por tales
la extensión de tierra que las aguas bañan o desocupan durante las altas mareas
normales o las crecidas medias ordinarias”.