Vence el plazo para cancelar deudas y acceder a descuentos en el Impuesto Inmobiliario Urbano

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) recordó que este jueves 27 de febrero es el último día para regularizar deudas del Impuesto Inmobiliario Urbano y acceder a descuentos de hasta el 15% mediante el pago anual anticipado. El beneficio está dirigido a quienes no registren deudas previas y abonen la totalidad del tributo antes del vencimiento de la cuota anual, que opera el 11 de marzo. Para facilitar el cumplimiento, la boleta ya está disponible en la web de ARBA, homebanking, billeteras virtuales y centros de pago habilitados. Además, quienes estén suscriptos a la recepción digital la recibirán por correo electrónico en los próximos días.

Charla sobre el nuevo plan de pagos de AFIP


Se realizará este lunes, en las instalaciones del Centro de Comercio, de 14 a 17, una charla a cargo de responsables de la AFIP, sobre los alcances del Plan de Pagos dispuesto por la Resolución General 3451.
Asistirán integrantes del Círculo de Contadores y en su desarrollo, se brindarán mayores detalles sobre el particular.
El plan comprende hasta 120 cuotas para un gran número de obligaciones en mora y la adhesión al mismo estará vigente hasta el 31 de Julio.


Vale recordar que pueden incluirse en este plan las siguientes obligaciones:

• Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, cuyo vencimiento de presentación y pago haya operado hasta el 28 de febrero de 2013, inclusive, sus intereses, actualizaciones y multas.
• Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el 28 de febrero de 2013, inclusive, por tributos a la importación o exportación, sus intereses y actualizaciones.
• El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas (art. 37 Ley  de  Ganancias).
• Las deudas derivadas de ajustes de inspección, en tanto el contribuyente conforme la pretensión fiscal.
• Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el contribuyente se allane o desista de toda acción y derecho por los conceptos y montos por los que formula el acogimiento, y asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
• Obligaciones de cualquier tipo que hubieran sido incluidas en planes de facilidades de pago a través del Sistema “Mis Facilidades”.

Obligaciones excluidas:

• Las retenciones y percepciones -impositivas o previsionales-, excepto los aportes personales correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia.
• Los anticipos y/o pagos a cuenta.
• Los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

Condiciones del plan:
• Hasta 120 cuotas.
• Cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
• Monto de cada cuota igual o superior a $ 150.-.
• Tasa de interés mensual de financiamiento del 1,35%.

Adhesión al plan:
• La adhesión podrá solicitarse por única vez y hasta el día 31 de julio de 2013, inclusive.
• Deberá realizar la adhesión a través del servicio  “Mis Facilidades”, utilizando la opción “PLAN DE FACILIDADES DE PAGO RG 3.451”.

Vencimiento de cuotas:

Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se formalice la adhesión y se cancelarán mediante débito directo en cuenta bancaria.