Los concejales el bloque del Frente de
Todos dirigieron una nota al presidente del Concejo Deliberante, Daniel
Monfasani, en la que lo acusan de “querer engañar a todos los concejales
contando parte de los hechos” en relación a la reiterada discusión sobre los
métodos utilizados para aprobar el dictamen de Ordenanza Fiscal y Presupuesto.
Además, le adelantan que “por la
responsabilidad de funcionario público se está analizando la decisión de
denunciar penalmente por la presunta adulteración del sistema informático del
Honorable Concejo Deliberante que Ud. preside ya que, prima facie, puede
considerarse además de una "irregularidad grave" en la comisión de
delito penal, adulteración de información y/o adulteración de prueba”.
En declaraciones a APA Radio San Pedro,
el edil Mario Sánchez Negrete explicó que “el Presidente del Concejo mandó en
la última semana una nota en la que nos pedía, como si no hubiera pasado nada, que
sacáramos rápidamente la Ordenanza Fiscal”.
En la formulación de la denuncia contra
Monfasani están trabajando, indicó Sánchez Negrete, en conjunto con un
especialista en Derecho Penal.
“San
Pedro, 3 de Abril de 2013
Sr.
Presidente
del Honorable Concejo Deliberante de San Pedro
D.
Víctor Daniel Monfasani
Sres.
Concejales
PRESENTE.
De
nuestra mayor consideración:
Tenemos
el agrado de dirigirnos a Ud. y a los demás concejales a fin de contestar v/
nota de fecha 26 de Marzo del corriente año, remitida a los integrantes de la
Comisión de Presupuesto y Hacienda, atento presentar la misma un relato parcial
de lo acontecido en el seno del Honorable Concejo Deliberante y que merece una
sincera reflexión de su parte, por haber sido el verdadero RESPONSABLE de la
situación en las que nos encontramos.
Debe
tenerse en cuenta que la medida cautelar, se encuentra firme y consentida por
Ud. La sentencia determina dos cosas muy importantes: la primera de ellas es
que declara la NULIDAD de la convocatoria a la Comisión de Presupuesto y
Hacienda efectuada por Ud. con fecha 4/12/2012 y el dictamen emitido por la
Comisión de Presupuesto y Hacienda con relación a los expedientes 2756 y 2757
y, la segunda, que también surge de la sentencia, que el Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante se ha excedido en el ejercicio de sus funciones
lo que acarrea la responsabilidad prevista en el art. 241 L.O.M..
Obviamente,
al haberse declarado la nulidad de la convocatoria y del dictamen, las
convocatorias a sesiones extraordinarias convocadas también resultan ineficaces
por carecer de causa.
Por
otra parte, es menester aclarar que todas las peticiones realizadas por el Sr.
Presidente del Honorable Concejo Deliberante han sido rechazadas con fundamento
en normas de fondo y procesales. El CONSENTIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES implica
ACEPTAR la misma en todas sus partes y, conlleva el reconocimiento de la
sinrazón de su planteo. Así, el Sr. Presidente del Honorable Concejo
Deliberante ha admitido que NO TENIA RAZÓN EN EL PLANTEO DE INCOMPETENCIA ni
tampoco TENIA RAZÓN EN SU DEFENSA DE FONDO, ya que, reitero, las resoluciones
aceptadas son totalmente contrarias a su posición.
El
Sr. Presidente del Honorable Concejo Deliberante SE EQUIVOCÓ y llevó a todo el
cuerpo a una situación inédita que impidió dar debido tratamiento legislativo a
los proyectos de ordenanzas fiscal e impositiva e incluso el Presupuesto mismo.
Querer
engañar a todos los concejales contando parte de los hechos es subestimarlos.
Por
otra parte, se hace saber al Sr. Presidente que, por la responsabilidad de
funcionario público se está analizando la decisión de denunciar penalmente por
la presunta adulteración del sistema informático del Honorable Concejo
Deliberante que Ud. preside ya que, prima facie, puede considerarse además de
una "irregularidad grave" en la comisión de delito penal,
adulteración de información y/o adulteración de prueba.
En
los autos caratulados: "Sanchez Negrete, Mario c/ Honorable Concejo
Deliberante de San Pedro s/ Medida Cautelar" (Expte. 7794) que tramitara
por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de la ciudad de San
Nicolás Ud. adjuntó las capturas de pantalla de los expedientes ingresados con
anterioridad y posterioridad al 2765/2012, lo que convierte a dicha documental
en "PRUEBA", advirtiéndose que el Expte. 2765 figura con una hora
menor a los dos anteriores, situación que el sistema informático del HCD no tiene
previsto, a menos que se haya adulterado el mismo.
El
sistema informático del HCD tiene previsto un número íd (de tipo autonumérico)
que se genera en el orden en que ingresaron los expedientes (que necesariamente
coincide con el número de expediente y la fecha y hora), siendo siempre el
número de expediente y fecha y hora mayor que el registro anterior.
Del
archivo concejo.mdb que se encuentra en la carpeta //server2008/proyectos del
sistema informático del HCD (tabla expedientes) se advierte claramente que se
ha manipulado ésta información de tal manera de favorecer la posición del Dr.
Casini simulando que la nota presentada por él con fecha 5/12 fue con fecha
anterior al comienzo de la reunión de la Comisión de Presupuesto, cuando la
misma fue, al menos, después de las 14,16 tal como se ha denunciado.
De
tal archivo se advierte que el expte. 2765 ha sido ingresado por mesa de
entradas con fecha 05/12/2012 a las 13,25 hs. horario posterior a los
expedientes 2763 y 2764 que fueron ingresados en igual fecha a las 14,13 hs. y
14,16 horas respectivamente.
Esta
situación anómala que consideramos "gravísima" es responsabilidad
directa del Sr. Presidente y del Sr. Secretario Legislativo, mereciendo una
clara investigación con el objeto de dilucidar la verdad de los hechos dando la
cara a la comunidad en tanto podríamos estar frente a una actividad fraudulenta
merecedora de sanción acontecida dentro del seno del cuerpo.
Por
último, con respecto al inexistente gesto de buena voluntad de su parte, la
hacemos saber que la Comisión de Presupuesto no puede tratar expedientes que no
tiene en su seno.
Los
expedientes 2756 y 2757 se encuentran administrativamente para tratamiento en
Sesión ya que los mismos han sido incluidos en las convocatorias a las sesiones
extraordinarias convocadas para los días 7/12 y 18/12 y, es menester que el Sr.
Presidente, en cumplimiento de la MANDA JUDICIAL que surge de la SENTENCIA
FIRME Y CONSENTIDA suscriba decreto por el cual decide la remisión de tales
expedientes a la Comisión de Presupuesto para que, una vez realizado, la
Comisión pueda dar debido debate a los mismos y considerar el pedido realizado
por el Sr. Intendente Municipal también con relación a tales expedientes.
Aprovechamos
la oportunidad para requerirle nuevamente al Sr. Presidente el cumplimiento de
la Ley 14491 que modifica el Art. 108 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, estableciendo la obligatoriedad de los Municipios y de los
Concejos Deliberantes de publicar las Ordenanzas, Decretos y Resoluciones de
ambos departamentos en el Boletín Oficial Municipal y que se requiera al Sr.
Intendente Municipal el efectivo cumplimiento de la misma y de la Ordenanza
5998, modificatoria de la Ord. 5906 en lo que respecta a la publicación de los
resultados de los análisis del agua corriente en la página web del Municipio y
la entrega de los informes al HCD.
Sin
otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarlo muy atentamente.
Dr.
Mario Sánchez Negrete
Concejal
Municipal
Frente
de Todos
www.sancheznegrete.com.ar”