Los votantes que se acercaron
a sufragar con cualquiera de los documentos de identidad válidos para la
elección debieron firmar el padrón a la salida del cuarto oscuro y se fueron a
casa con un papelito de la Justicia Nacional Electoral que sirve como constancia
de voto.
La pregunta recurrente, ante el riesgo de perderlo o que se
traspapele, es cuánto tiempo hay que guardarlo.
El plazo requerido es de dos
meses.
Ese troquel, recortado del
padrón, tiene los datos del votante, la fecha y motivo de la elección: en este
caso, "Elecciones Primarias".
Al cabo de ese plazo, la
Cámara Nacional Electoral publicará un listado con la nómina de quienes no
votaron y, una vez que el elector corrobore que no aparece en él, conservarlo
no será necesario.
El Registro quedará
constituido por la nómina de los electores nacionales mayores de 18 años y
menores de 70 años que no hayan emitido el voto, ni hayan justificado su no
emisión, indicándose en cada caso si se ha pagado o no la multa
correspondiente.
"La no inclusión de una
persona en dicho Registro bastará para tener por cumplida la obligación de
votar a su respecto o por justificada su omisión", subraya el sitio de la
Cámara Nacional Electoral.
Si a pesar de haber votado el
elector aparece en el registro de infractores, y además no cuenta con la
constancia, aún se puede solicitar a la autoridad competente que verifique la
firma en el padrón.
Cabe recordar que la no
emisión del voto se considera una falta electoral y mediante una acordada
extraordinaria, la Cámara Nacional Electoral determinó el monto de las multas
para quienes no voten en las elecciones primarias y las nacionales.
La penalización por no votar
ni justificar la omisión en las primarias será de 50 pesos y, en las
legislativas de octubre próximo, de 100 pesos. No obstante, quienes no hayan
votado en las primarias pueden hacerlo en las elecciones generales.
La multa podrá pagarse en
cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades
que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web
de la justicia nacional electoral