La concejal Noemí Bordoy
presentó un proyecto de resolución en el que solicita al Departamento Ejecutivo
Municipal que, en forma urgente, resuelva sobre la situación del profesional
médico condenado por el abuso sexual de su hijo, y que se desempeña en el
sistema público de salud.
La edil reclama al Ejecutivo
Municipal que “como empleador del Agente Legajo Nº30059, asegure dar
cumplimiento estricto de la Ley, y tome las medidas conducentes a
prevenir y/o evitar, todo daño que éste pudiese infligir a terceros”.
Además, pide que se envíe en
forma urgente al Concejo la información respecto de “si se le inicio un Sumario
Administrativo por haber falseado los recibos de sueldo presentados en
expediente 12762 tramitado por el Juzgado de Paz de San Pedro, de lo cual fuera
informado por Oficio Judicial de fecha 17/10/2012, y en que instancias se
encuentra; caso contrario exigir haga
efectiva la iniciación del mismo”.
Finalmente, expresa en su proyecto
que el Ejecutivo tendrá que dar aviso al Colegio Médico del Distrito, de todo lo concerniente a este profesional,
ya que estaría contrariando además, las normas del Colegio Médico de la Prov.
De Buenos Aires y su Código de Ética.-
En el expediente se deja
constancia de la sentencia, de fecha 29 de julio de 2013, en la causa Nº 4265,
en base a la Instrucción Penal Preparatoria 7898/09, que llegara a través de la
Mesa Local de Violencia y Abuso de San Pedro.
“Hablamos del mas aberrante y
condenable de los delitos, que es el
abuso sexual infantil, y que el
victimario es un profesional que trabaja desde el año 2003, ejerciendo
la medicina, atendiendo niños y adultos en el área de Salud del Municipio de
San Pedro” recuerda la edil en su presentación.
Sobre el fallo del 29 de
Julio, agrega que “se encuentran copias en el libro de Actas de la Mesa Local de Violencia y Abuso y en la
Secretaria de este H.C.D”.
En sus párrafos más
significativos se condena “como autor penalmente responsable del delito de
abuso sexual agravado, por resultar el autor progenitor de la víctima, a la
pena de tres años de prisión de ejecución condicional”
Además, concluye que “no
podemos desconocer, que la profesión del autor, implican la atención personalizada, de niños y adultos , que es empleado público y
de nuestro Municipio, que estos antecedentes, alarman y contrarían todas las
normas establecidas y que resulta incomprensible que el mismo continúe
prestando dichas funciones”.
En otro párrafos, Bordoy
señala que “el ASI-J ( Abuso Sexual
Infanto-Juvenil), requiere de un tratamiento
especial, y la falta de
información contribuye a no detectarlo, a no saber qué hacer –aun cuando se
presuma su existencia, que se mantiene
en secreto por largo tiempo; es un acto de
poder, de muy difícil abordaje,
que sus
connotaciones socio-culturales implica el rechazo desde lo psíquico, moral y desde la
negación sistemática e inconciente de
los hechos, por lo que los mejores resultados en la PREVENCIÓN se
obtienen trabajando tempranamente con los/as niños/as, los jóvenes, sus
familias, y los sistemas educativos, y hacerlo visible nos permitirá ofrecer
ayuda en forma más temprana y aliviar las secuelas tanto físicas como
psico-emocionales que el ASI-J ocasiona”.
Finalmente, agrega: “Si bien
se han dictado leyes que acompañan el
desarrollo del mismo, existen muchas trabas,
para que las condenas sean lo suficientemente rápidas y ejemplificadoras, haciendo muy
dificultoso el proceso de recuperación de las
victimas”.