El Tribunal en lo Contencioso
Administrativo del Departamento Judicial San Nicolás hizo lugar a la cautelar
presentada por María del Carmen Alegre y dispuso que la agente vuelva a prestar
funciones en la delegación San Pedro del Ministerio de Trabajo.
Alegre había sido trasladada a
Baradero, situación que ella atribuyó a la denuncia por malos tratos contra la
delegada de San Pedro.
Karen Ramallo, delegada de ATE
en el Ministerio de Trabajo, recordó que “cinco compañeros, en Septiembre de
2009, hicimos una denuncia por violencia laboral, y de los cinco, dos fueron
trasladados, uno de ellos jubilado y a los que quedamos en la actualidad nos
hicieron cambios de funciones”.
La delegada agregó que “esta situación
se fue agravando, el Ministro no tomó ninguna resolución al respecto, y en abril
de 2010 viene un delegado coordinador a ver cómo era la situación y lo que
obtenemos es denuncias de gremios y algunos representantes del Municipio que
avalan una nota en donde manifiestan que los cinco trabajadores teníamos
prácticas desleales contra los trabajadores que iban a hacer el reclamo”.
En la continuidad de la reseña
sobre lo sucedido, Ramallo explicó que “en Junio, a María Alegre le llega una
carta documento en donde le informan que la trasladan a la delegación de
Baradero con el argumento de que iban a ampliar una parte del sector de tasas
retributivas, cuando ella estaba haciendo uso de una licencia porque en el 2008
la operan de cáncer de tiroides, y hoy sigue con el tratamiento”.
Por su parte, el Asesor Letrado
de ATE y de la demandante, Dr. Alfredo Pérez Herrera, explicó: “A raíz del
traslado de la señora Alegre a Baradero se inicia una acción judicial contra el
Ministerio de Trabajo. Al inicio, la acción se fundó en la ley de violencia
laboral. En su artículo 8 establece que ningún funcionario ni trabajador que
efectúe una denuncia por violencia puede ser trasladado o perjudicado una vez
que efectuó la denuncia. En particular los trabajadores habían efectuado una
denuncia por violencia laboral y fueron trasladados”.
Como consecuencia se inició la
acción contra el Ministerio. “En la causa, en el expediente, se argumentó y se
demostró que la acción del Ministerio era arbitraria y que el traslado de la
señora Alegre era infundado. Cuando la Jueza dicta resolución se funda en dos
cuestiones fundamentales. La primera es que la señora Alegre no puede trabajar
a más de diez kilómetros de su domicilio por una resolución del propio
Ministerio. La segunda es que al momento de constituirse la jueza y
entrevistarse con el Dr. Llaudat en Baradero le manifiesta que la señora no
desempeña la función para la que fue trasladada, sino que cambiaba de funciones
diariamente. Esto permitió acreditar que los argumentos por los que la señora
Alegre era trasladada eran falsos”.