El Bloque Frente de Todos presentó
un proyecto por el que propone la creación de un Fondo Especial de Obras y
Mantenimiento de las Cuencas Hídricas para la ciudad de San Pedro.
El Fondo Especial de Obras y Mantenimiento de
las Cuencas Hídricas tiene como objetivo la promoción de obra pública y
mantenimiento que favorezcan el mejoramiento de desagües pluviales,
alcantarillado y red cloacal.
La intención es llevar
adelante todas las obras tendientes a recolectar y disponer o conducir hasta su
descarga final, y de manera sanitaria las aguas consumidas por la población y
las aguas producidas por la precipitación pluvial.
El siguiente es el texto del
proyecto:
VISTO:
Que las fuertes tormentas y
copiosas lluvias que afectaron al partido de San Pedro durante las últimas
jornadas afectaron severamente a la ciudad, anegando calles inundando casas y
perturbando la vida de los vecinos de nuestra comunidad; Y
CONSIDERANDO:
Que más de 400 personas
debieron ser evacuadas o auto-evacuadas de sus viviendas.
Que más de 14 viviendas
resultaron derrumbadas o con daños irreparables producto de las tormentas;
Que numerosas escuelas también
resultaron afectadas;
Que numerosos barrios
resultaron anegados por lapsos de tiempo muchos mayores a los razonablemente
aceptables para este tipo de tormentas;
Que en muchos casos las
inundaciones están vinculadas con una falta de obras y de correcto mantenimiento
de la infraestructura urbana;
Que esto ha ocasionado
cuantiosas pérdidas a miles de vecinos de la ciudad;
Que el estado local debe
priorizar la adaptación de la infraestructura urbana a los nuevos desafíos que
plantea el cambio climático, a sabiendas de que es probable que este tipo de
tormentas se vuelvan cada vez más frecuentes;
Que no será posible enfrentar
seriamente estas dificultades sin un plan de largo plazo de obras y
mantenimiento para la infraestructura urbana;
Que existen fondos que pueden
ser aplicados a un plan de obras de
estas características;
Que en el Fondo de Obras
Públicas creado mediante Ordenanza 4058/87 y sus modificatorias, se prevé la incorporación de un adicional 8% a todas
las tasas, derechos y contribuciones municipales
a fin de confeccionar un fondo para ser aplicado “únicamente para el
mejoramiento y ampliación de los servicios y obras correspondientes a:
Alumbrado, Barrido, Limpieza, Mejorado y Conservación de la Vía Publica;
Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial y Servicios Sanitarios”
requiriéndose la declaración de interés público con aprobación del Honorable
Concejo Deliberante.
Que se dispone además de los
recursos provenientes del “Fondo Solidario Provincial” , cuyos dineros deben
ser destinados a obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura
sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales;
Que el Concejo Deliberante
debe promover la búsqueda de soluciones concretas para una problemática tan
lesiva a los intereses de la comunidad;
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE SAN PEDRO
En uso de sus atribuciones
propone la sanción del siguiente
PROYECTO DE ORENANZA
Artículo 1.- CREASE el FONDO
ESPECIAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE LAS CUENCAS HÍDRICAS para la ciudad de San
Pedro.-
Artículo 2.- RECURSOS. El
Fondo Especial de Obras y Mantenimiento de las Cuencas Hídricas se formará con
los siguientes recursos:
1.- El 100% del Fondo de Obras
Públicas Municipal.
2.- El 50% del total de los
Ingresos Provenientes del Fondo Solidario Provincial (Fondo Sojero)
3.- Cualquier otro recurso que
provenga de la Provincia y de la Nación específicamente para obras y
mantenimiento de las Cuencas Hídricas y/o para la captación, uso, conservación
y evacuación del agua.
Artículo 3.- OBJETIVOS: El
Fondo Especial de Obras y Mantenimiento de las Cuencas Hídricas tendrá como
objetivo el desarrollo de proyectos de infraestructura urbana relativos a la
captación, uso, conservación y evacuación del agua;
Artículo 4.- DESTINO: El Fondo Especial de Obras y
Mantenimiento de las Cuencas Hídricas deberá promover la obra pública y
mantenimiento que favorezcan el mejoramiento de desagües pluviales,
alcantarillado, red cloacal y de toda otra obra que atienda a recolectar y
disponer o conducir hasta su descarga final, y de manera sanitaria las aguas
consumidas por la población y las aguas producidas por la precipitación
pluvial, como así también toda obra que observe los objetivos planteados en el
artículo 3º.-
Artículo 5.- PLAN DE OBRAS
BI-ANUAL: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá elevar al H. Concejo
Deliberante dentro de los 60 días de promulgada la presente Ordenanza, un plan
de obras y mantenimiento bi-anual que atienda a los objetivos de la presente.-
Artículo 6.- FISCALIZACIÓN: La
Comisión de Seguimiento y Fiscalización de recursos y Políticas Hídricas del
Honorable Concejo Deliberante será la responsable de evaluar la efectiva
aplicación de los recursos del Fondo Especial de Obras y Mantenimiento de las
Cuencas Hídricas.
Artículo 7.- Comuníquese, dese
al registro del Honorable Concejo Deliberante, Publíquese en el Boletín Oficial
según Art. 108 Inc. 18 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades y Archívese.-