El bloque de concejales “Frente
Renovador Oficial” presentó un proyecto de Ordenanza para eximir del pago de
tasas a los propietarios de inmuebles afectados por las inundaciones o los
desbarrancamientos.
Las tasas incluídas en la
disposición son las de Alumbrado, Limpieza y Conversación de la Vía Pública y
Seguridad e Higiene.
La medida alcanza a los
propietarios de inmuebles que fueron afectados por las inundaciones o
desbarrancamientos que formalmente realicen la petición.
El primero de los requisitos
exigidos es que “el bien afectado sea la única propiedad, derecho real de
usufructo o posesión del peticionante y revista el mismo carácter de edificado”.
Por otro lado, el peticionante deberá ocupar el inmueble con carácter
permanente.
Los interesados deberán presentar
la constancia del relevamiento que efectuaron las Secretarias de Obras Publicas
y Desarrollo Humano y una declaración jurada provista por este organismo. La
eximición que se otorgue tendrá vigencia a partir del 1º de febrero hasta que
el DEM encuentre una solución a dicha problemática.
Para el caso de algún contribuyente que
solicitare la eximición y no pudieran cumplimentar los requisitos establecidos,
el Departamento Ejecutivo podrá excepcionalmente disponer la realización de un
estudio social. Si el mismo determina la imposibilidad de atender el pago del
tributo mencionado, el Departamento Ejecutivo quedara facultado si lo considera
pertinente a bridar la eximición solicitada.
En el supuesto que se declare falsedad en la
Declaración Jurada, el contribuyente, sin perjuicio de las multas y sanciones
que correspondieren, deberá abonar el monto original de la tasa, su
actualización y recargos.