Una resolución cautelar otorgada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo obliga al Municipio de Baradero a no aplicar la ordenanza que exige a los distribuidores de mercaderías ajenos al medio un canon de 5 mil pesos mensuales.
De tal forma, da lugar a la presentación realizada por los Dres. Benito Aldazabal y José Benito Aldazabal, en representación de la empresa Sigismundi S.A.
El abogado recordó que “con motivo de la promulgación de una Ordenanza reciente, el Municipio de Baradero comenzó a exigir a los distribuidores de mercaderías de localidades ajenas el pago de un canon de $ 5.000 mensuales si carecen de local o depósito en el partido de Baradero y de no hacerlo, prohibirles el ingreso a Baradero”.
Frente a esta situación, el estudio Aldazabal cuestionó por inconstitucional esa Ordenanza y se presentaron ante la Jueza Contencioso Administrativo de San Nicolás, peticionando una medida cautelar anticipada que ordene la suspensión o inaplicabilidad de esa Ordenanza a su cliente.
La vigencia de la medida se extiende hasta que se resuelva sobre su constitucionalidad.
La Jueza dictó, con fecha 7 de noviembre, una resolución cautelar que ordena al Intendente de Baradero la inaplicabilidad de esa Ordenanza a la referida empresa hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo
El expediente se caratula “SIGISMUNDI S.A. S/MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA “EXPTE. Nº 8980/2014 del juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás, cargo de la Dra. María Isabel Fulgheri