Descubren el fósil de un bagre de 200.000 años de antigüedad

Un equipo del Museo Paleontológico de San Pedro realizó un nuevo hallazgo de gran relevancia en el yacimiento de “Campo Spósito”: el fósil de un bagre de 200.000 años. La pieza, parte del cráneo del pez, fue descubierta durante tareas de muestreo en el Bajo del Tala que realizaban  José Luis Aguilar (Director del Museo Paleontológico de San Pedro), la Dra. Analía Forasiepi (IANIGLA-CONICET) y el Sr. Damián Voglino (el primero en observar el fósil en el terreno),  Este nuevo descubrimiento refuerza la teoría de que la zona fue un río prehistórico, lo que abre nuevas perspectivas para comprender la fauna y el ecosistema de la región durante el Pleistoceno medio. El pequeño hueso, de apenas 2 centímetros, proporciona valiosa información sobre las características del curso de agua y las especies que lo habitaban.

La Corte falló sobre el control de efluentes en Papel Prensa

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró que el control de efluentes de la planta de producción de papel de diario de la empresa Papel Prensa S.A. ubicada en el Partido de San Pedro le corresponde a la Provincia de Buenos Aires. 
En tanto no se acreditó la configuración de ninguno de los supuestos contemplados en el art. 1° de la ley 24.051 de residuos peligrosos que determine su sujeción a la autoridad nacional. 

El Tribunal señaló que de la compulsa del expediente y de los informes acompañados no surge que la actividad de la empresa y el volcado que la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación pretende controlar abarque a más de una jurisdicción, ni que sus efectos se extiendan más allá del territorio bonaerense, presupuesto ineludible de su intervención. 
La Corte también destacó que sin perjuicio de las previsiones contenidas en la ley 24.051, la Provincia de Buenos Aires ha sancionado un amplio régimen normativo en el que se establecieron estándares de tratamiento, control y fiscalización de residuos especiales e industriales dentro de su territorio, y el correlativo régimen sancionatorio, sin que se presente un conflicto entre los contenidos sustanciales de ambas legislaciones.