Carreras y Sosa sumaron más oro para Argentina en el Sudamericano de Canotaje

Gonzalo Carreras y Gonzalo Sosa continúan sumando medallas de oro para el país en el Campeonato Sudamericano y Panamericano de Canotaje y Paracanotaje 2024, que se desarrolla en el Lago Calcagno de Montevideo. Carreras se destacó en las pruebas de K1 500 y K4 1000 metros, mientras que Sosa hizo lo propio en K2 1000, K4 500 y K2 500. Además, Sosa obtuvo una medalla de plata en K4 1000.

“Los menores de 12 años no pueden ir en moto ni como acompañantes”

El nuevo Juez de Faltas, Fabián Rodríguez, ratificó su intención de infraccionar y secuestrar todos los vehículos que no estén en condiciones de circular. 
 “Las motos que no sean retiradas serán compactadas. Entendemos que hay una superpoblación de motos en la ciudad, y al margen de estar fuera de la Ley, sin seguro y sin licencia, ponen en riesgo la seguridad del tránsito y la gente. No vamos a retroceder un centímetro en ir con todo el peso de la Ley contra esos conductores” indicó el funcionario, a través de La Radio 92.3. 

Acerca de la reglamentación vigente en numerosos puntos del país (el caso más cercano es San Nicolás), que indica un menor de 12 años no puede circular en moto ni siquiera como acompañante, agregó: “Se infraccionará, y el responsable de los menores son los padres. Hay una responsabilidad pecuniaria con respecto a eso. No se va a permitir que menores de 12 años circulen”.
El observatorio vial del Ministerio del Interior y Transporte explicó que la Ley Nacional 24.449 indica que los vehículos de dos ruedas no deben transportar más de un acompañante. Aunque la Ley no impone una edad mínima para ser acompañante, regulaciones locales o regionales reglamentaron esa situación. En Buenos Aires está prohibido, desde 2009, llevar acompañantes menores de 16 años. En Rosario, la edad mínima es de 12, al igual que en varias capitales de Provincia. El organismo nacional aconsejó específicamente que se respete esa edad (12) como criterio común.  
En San Pedro, la Ordenanza 4.629, del año 1992, reglamenta la conducción de ciclomotores, motonetas y motocicletas. En el Capítulo IV, que regula a conductores y acompañantes, no menciona la edad de estos últimos, limitándose a señalar que solo una persona puede viajar junto al conductor.

 Controles
 Para el flamante Juez de Faltas, “el inspector cuando cumple con su función no puede hacer la vista gorda” y remarcó: “Todo infractor debe ser infraccionado, aunque sea una madre que lleva sus dos chiquitos al colegio. En San Pedro a partir de ahora, la gente exige un cambio, quiere vivir segura”. 
Rodríguez adelantó que pretenden avanzar en una serie de medidas, para las que están buscando un sustento operativo: “Los comercios deberían tener un stock de cascos idénticos al de la moto que venden. También vamos a profundizar en el tema del expendio de combustible a conductores que circulen sin casco, cuando estemos en mejores condiciones de proteger a los playeros con personal policial”.