La Dirección de Rentas de la Municipalidad recordó que los contribuyentes que padezcan alguna discapacidad pueden gestionar la exención del 100 % en diversas tasas municipales.
El beneficio comprende Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Servicios Sanitarios, Red Vial y Patente del Automotor Municipalizado.
Para ello, deberán acreditar el Certificado Único de Discapacidad.
Se reconocerá el beneficio en patente automotor por una única unidad cuando la misma esté a nombre del discapacitado o afectada a su servicio.
En este último caso el titular deberá ser el cónyuge, ascendiente, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial, o la persona que sea designado apoyo en los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación conforme las facultades conferidas en la sentencia que lo establezca, o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menor a dos (2) años mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales.