La Dirección de Rentas emitió un comunicado a través del cual solicita a los comercios gastronómicos que presenten el menú actual del negocio, con el fin de verificar si cumplen con la ley que regula la enfermedad celíaca.
El artículo Nº 4 bis de la Ley 26588 (incorporado por Ley 27.196) establece que las instituciones y establecimientos deben ofrecer al menos una opción de alimentos o menú sin TACC.
Deben “cumplir con las condiciones de manufactura y los requerimientos nutricionales por porción, que certifique la autoridad de aplicación”.
Los lugares son: aquellos destinados a personas en situación de privación de la libertad; establecimientos sanitarios con internación pertenecientes al sector público, privado y de la seguridad social; lugares de residencia y/o convivencia temporal o permanente que ofrezcan alimentos a bordo; comedores y kioscos de instituciones de enseñanza; empresas de transporte aéreo, terrestre y acuático que ofrezcan servicios de alimentos a bordo; restaurantes y bares; kioscos y concesionarios de alimentos de las terminales y los paradores de transporte; locales de comida rápida.
Además, “los que determine la autoridad de aplicación en coordinación con las jurisdicciones de conformidad con la disponibilidad de los ya establecidos” por la ley.
La información requerida será presentada ante el Concejo Municipal del Celiaco creado por la ordenanza municipal Nº 6214.