El Centro de Comercio e Industria confirmó que las partes involucradas en el convenio colectivo de trabajo de la actividad decidieron traspasar la celebración del Día del Empleado de Comercio para el lunes 25 de Septiembre.
El Centro de Comercio, Industria y Turismo de San Pedro adherirá a esta resolución sin actividad el próximo lunes.
No obstante se recuerda que este festejo “en nada afecta la apertura de los comercios cuando éstos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar ese día”.
Los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante el lunes 25, con todos los efectos y alcances de la mencionada ley, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales.
Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%.
Si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará.
Por ello, en materia de remuneración se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal.