El interbloque de concejales oficialistas presentó un proyecto de Ordenanza que busca regular estrictamente el tránsito pesado en la ciudad de San Pedro.
De aprobarse en todos sus términos, en todo el ejido urbano la circulación de los camiones de transporte descargas y su operatoria de descarga, reparto, cargas, abastecimiento y otros servicios se verán afectados en forma directa.
De tal forma, se delimitan áreas de circulación de camiones y estacionamiento, dependiendo su peso.
El tránsito de camiones con un peso bruto superior a los 12
mil kilos no podrán circular por las siguientes zonas:
ZONA 1: Comprendida dentro del siguiente sector: Av. España,
Rómulo Naón, San Martín, Av. Sarmiento, Av. 3 de Febrero, Bulevar Moreno, 11 de
Septiembre, Saavedra, Ansaloni y Av. Juan de Garay.
ZONA 2: Comprendida dentro del siguiente sector: Bulevar
Moreno, Av. 11 de Septiembre, Lucio Mansilla, Juan B. Justo, Av. Sarmiento y
Av. 3 de Febrero
En tanto, los vehículos de carga que lleven más de 18 mil
kilos tendrán prohibido también circular en el resto de las calles asfaltadas.
Los camiones que presenten un peso bruto de hasta 30 mil
kilos podrán entrar y salir por la red de avenidas: Av. Sarmiento, Av. 3 de
Febrero, Boulevar Moreno (entre Mitre y La Laguna), Av. 11 de Septiembre,
Rómulo Naón (entre Av. España y Av. 3 de Febrero), Juan B. Justo, Lucio
MansilIa, Estrada (entre Ruta 191 y acceso al Aero Club), Mitre (entre Del
Pardo y Juan B. Justo), Crucero Gral. Belgrano (entre Ruta 1001 y Puerto San
Pedro), Crucero Gral. Belgrano (entre Av. 3 de Febrero y San Martín).
Los que tengan más de 30 mil kilos deberán contar con un
permiso especial de circulación. Con relación a este punto, también se faculta
al Poder Ejecutivo “para implementar una franja horaria de circulación limitada
para algunos transportes de cargas, frecuentes y lentos que circulen en
horarios de alta congestión sobre la red de avenidas, que deberán contar con el
PERMISO ESPECIAL autorizado por el área de Tránsito Municipal”.
Los camiones cargados (o descargados con una tara superior a
los 5 mil kilos) no podrán estacionar bajo ninguna circunstancia en el área urbana.
Con relación a las operaciones de carga y descarga, se
establecen en el artículo 4 detalles específicos:
“Queda prohibido operar en carga, descarga y reparto dentro
del ejido de la ciudad de San Pedro en los siguientes horarios:
ZONAl
Entre octubre y marzo:
Lunes a sábados de 10 a 13.30 y de 16 a 24 h.
Entre abril y septiembre:
Lunes a sábados de 10 a las 13.30 y de 16 a 22 h.
ZONA 2
Entre octubre y marzo:
Lunes a sábados de 10 a las 13 y de 18 a 24 h.
Entre abril y septiembre:
Lunes a sábados de 10 a las 13 h y de 18 a 22 h.
ZONA III
Sin restricciones.
Para conocer el proyecto completo siga este enlace