El sueldo mínimo para el agente municipal mayor de 18 años que cumpla 30 horas semanales será de 7.253 pesos. Así lo establece el Presupuesto Municipal 2018.
Ese importe no se aplicará sobre
la suma otorgada a comisión y no comprenderá al personal destajista retribuido a
comisión, salvo lo que se garantice como suma fija, en cuyo caso toda variación
del sueldo mínimo se aplicará sobre ésta exclusivamente.
Tampoco quedará incluido en ese
monto el personal de regímenes especiales retribuidos sobre la base de índice o
porcentaje sobre las remuneraciones del personal comprendido en otros
regímenes.
Sin embargo, el salario para el cálculo de la liquidación de la dieta a los Concejales y el sueldo del Intendente será de 13.383 pesos, según lo fijado en el Artículo 92 del Decreto
Ley N° 6.769/58 - Ley Orgánica Municipal.
De tal forma, el Intendente Cecilio Salazar tendrá una remuneración "en bruto" de 197.605 pesos mensuales.El importe se actualizará conforme a lo establecido en el artículo 125 del Decreto Ley N° 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades).
Por otra parte, la dieta de los concejales se elevará a 46.840 pesos, equivalentes a multiplicar por 3,5 el monto fijado para el cálculo.