Con el objetivo de facilitar la elevación del trámite obligatorio para ingresar en el beneficio de la Tarifa Social, COOPSER ha dispuesto en sus oficinas de Mitre 1200, un servicio especial al que pueden dirigirse todos los socios que requieran asesoramiento para formularlo.
La gestión debe realizarse vía Internet a través del Sistema
de Identificación Nacional Tributaria y Social. Sin embargo, el personal de la
cooperativa asistirá a los interesados para la carga de los datos con los que
se evaluará si cumple los requisitos de elegibilidad establecidos.
Para gestionar este beneficio deberá tener la titularidad
del suministro actualizada y encuadrarse dentro de estos requisitos:
* Ser jubilado o pensionado o trabajador en relación de
dependencia con una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos
Vitales y Móviles. (En la actualidad el SMVM asciende a $ 9.500 – por lo tanto
la referencia a considerar equivaldría a $ 19.000-)
* Ser trabajador “monotributista” inscripto en una categoría
cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo
Vital y Móvil.
* Ser beneficiario de una Pensión no Contributivas y
percibir ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario
Mínimo Vital y Móvil.
* Ser titular de programas sociales.
* Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
* Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad
Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844).
* Estar percibiendo el seguro de desempleo.
* Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra
del Atlántico Sur.
* Contar con certificado de discapacidad expedido por
autoridad competente.
Quedan excluidos de este beneficio los titulares de más de
una propiedad en el Registro de Propiedad Inmueble, quienes posean vehículos de
menos de 10 años de antigüedad con la excepción de aquellos que posean
certificado de discapacidad o electro dependencia y quienes registren a su
nombre embarcaciones de lujo o aeronaves.
Es importante remarcar que COOPSER no tiene facultades para
resolver estas solicitudes y que la información es enviada al Ministerio de
Energía para su análisis.
Quienes deseen realizar el trámite de manera personal pueden hacerlo en la web www.minem.gob.ar/formulario desde su hogar. Si cuenta con la información para respaldar los requisitos establecidos, también puede acercarse a nuestras oficinas.