El Centro de Comercio Industria y Turismo confirmó que se han recibido las notificaciones correspondientes con relación a la celebración del Día de los Trabajadores Mercantiles, y su celebración.
El día específico es el miércoles 26 de septiembre y se ha acordado trasladarlo al lunes 24. Por el momento no se ha anunciado ninguna modificación ante la probabilidad de una medida gremial para esa semana.
Según la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, en su artículo 166 se establece que “los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical.
En dichos días los trabajadores que no gozarán de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual".