Cuatro heridos en un choque frontal

Un grave accidente se registró esta noche en la Ruta Provincial 1001, en cercanias de Crucero General Belgrano, dejando como saldo cuatro personas heridas. Según informaron fuentes policiales, el siniestro vial se produjo minutos antes de las 21 horas, cuando un Nissan Senda y un Peugeot 207 colisionaron de frente por causas que se investigan. A raíz del impacto, el Peugeot 207 resultó con severos daños en su parte delantera. Los cuatro ocupantes de ambos vehículos fueron asistidos en el lugar por personal de Bomberos Voluntarios y trasladados al hospital local para una evaluación médica completa. En el lugar trabajaron además personal de la Dirección de Tránsito y Policía Comunal.  La Fiscalía N° 7 interviene en la causa y se encuentra a cargo de las investigaciones para determinar las causas del accidente. Policía Científica realizó las pericias correspondientes.

Prohíben un broncodilatador y alimentos en escabeche

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió un producto médico y varios alimentos en escabeche, según fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

En primer lugar, la Disposición N°7853 prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un aerosol para inhalación, producto rotulado como "Salbutral, salbutamol 100 mcg/dosis, aerosol 250 dosis, L 1157, F02/19, V02/21" dado que se desconoce su origen, condiciones de elaboración y contenido siendo en tanto peligroso para la salud de los pacientes.

El organismo también comunicó a través de la Disposición N°7854 que se prohíben varios productos alimenticios tales como chivito y carpincho al escabeche. Los productos enumerados fueron prohibidos por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulados y ser, en consecuencia, ilegales.

La Anmat advirtió que al no poder identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el artículo 9° de la Ley 18284.

Según dice el articulo 1°, se " prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: "Chivito en escabeche deshuesado", RPPA: 050008853, Carpincho en escabeche deshuesado, RPPA: 050008852, "Ciervo en escabeche deshuesado", RPPA: 050008856, "Jabalí en escabeche deshuesado", RPPA: 050008855, "Vizcacha en escabeche deshuesado", RPPA: 050008854, todos marca "El Sauce", Alimentos Regionales, RPE N° 05000235, elaborado y fraccionado por Establecimiento El Sauce, Avda. Los Constituyente S/N, Sauce, Corrientes, como asimismo todo producto del RPE N° 05000235, por las razones expuestas en el Considerando".