Hasta media mañana, unas 55 personas se habìan acercado a la Comisaría local para realizar los trámites que justifican la no emisión del voto.
Las dos gestiones que pueden realizarse en la dependencia policial, son solicitar certificado de salud y certificación de distancia (es decir, que se permanece a más de 500 km del lugar de votación).
Quienes no están obligados a votar son aquellas personas que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deban votar; los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al establecimiento de votación; el personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes al cumplimiento de sus funciones deban realizar tareas que les impidan asistir a los comicios; los jueces y sus auxiliares que por disposición del Código Electoral Nacional deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.