El Gobierno prorrogó hasta el 31 de mayo los vencimientos de las Prestaciones por Desempleo y dispuso que las cuotas serán mensuales -no de pago único- y el monto equivalente a 70% de la prestación original.
La Resolución 260/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, publicada en el edición especial de hoy en el Boletín Oficial, prorrogó hasta el próximo 31 de mayo los vencimientos de las Prestaciones por Desempleo que se produzcan entre el 1° de febrero y el 30 de abril, otorgadas a los beneficiarios que no se hayan reinsertado en el mercado laboral.
Asimismo, aclaró que "las cuotas de prórroga serán mensuales, sin poder aplicarse la modalidad de pago único" prevista en la Ley 24.013 y que "el monto de las cuotas de prórroga será equivalente al setenta por ciento (70%) de la prestación original".
La medida se adoptó ante la situación extraordinaria provocada por el establecimiento del "aislamiento preventivo social y obligatorio” dispuesto por la pandemia del coronavirus que "dificulta la posibilidad de reinserción en el mercado laboral de los beneficiarios del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo".
Ello hace necesaria la implementación de "políticas orientadas a garantizar ayudas económicas adicionales, lo que implicará la cobertura sanitaria necesaria de sus beneficiarios", señala la norma en sus considerandos.
Con información de Agencia Telam