A poco menos de 7 meses de las suspensiones en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus, el Gobierno oficializó este viernes el regreso de transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros.
Sin embargo, ni las empresas de transporte que ingresan a San Pedro ni las de minibuses tienen todavía ninguna precisión.
De hecho, las oficinas del área de encomiendas de Chevallier mostraban un cartel contundente: "Desconocemos movimientos de micros. No consulte aquí. No tenemos respuestas".
A través de la resolución 222, el Ministerio de Transporte derogó la vigencia de la normativa N° 64 del 18 de marzo, para dar paso a la reanudación de los servicios en todo el territorio nacional.
Las firmas deberán aplicar los protocolos respectivamente elaborados por el “Comité de Crisis Prevención Covid-19 para el Transporte Automotor” y el “Comité de Crisis Prevención Covid-19 para el Transporte Ferroviario”, creados por la resolución N° 60 de la cartera conducida por el ministro Mario Meoni, en conformidad con los lineamientos y recomendaciones del Ministerio de Salud.
En la primera etapa, las empresas operadoras de servicios para turismo nacional y las permisionarias de servicios de transporte automotor de carácter público, de tráfico libre y ejecutivo podrán prestar servicios de traslado a trabajadores esenciales de actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Cuáles son los requisitos que deberán cumplir los pasajeros
Las pasajeras y los pasajeros que pretendan usar los servicios de transporte alcanzados por la resolución deberán contar el “CERTIFICADO UNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN – EMERGENCIA COVID-19” y/o exhibir el permiso emitido por la aplicación “CUIDAR” en su dispositivo móvil y/o el que en el futuro la normativa vigente requiera.