La Municipalidad de San Pedro, "ante los numerosos pedidos relacionados con este tema y a los efectos de brindar información oficial y clara al respecto a todos los interesados", recordó los alcances de las autorizaciones para actividades religiosas en el partido de San Pedro.
En nuestro distrito se encuentran reguladas las autorizaciones para las actividades de culto y religiosas de acuerdo al siguiente detalle:
-Sólo se permiten celebraciones religiosas al aire libre, hasta 20 personas con distancia de 2m entre sí.
-Se permite la apertura de los establecimientos, entre las 8 y las 20hs, para asistencia espiritual a feligreses, utilizando tapabocas y con distancia de 2m. Se recomienda a los pacientes de riesgo, no concurrir en las actuales circunstancias
-Extremar medidas de limpieza, desinfección y ventilación natural de los lugares.
La resolución provincial Nº 2527/2020 Anexo III se encuentra publicada junto a la totalidad de las normativas vigentes para San Pedro en el sitio web www.sanpedro.gob.ar (digesto municipal - legislación de uso frecuente)