La Municipalidad de San Pedro informó que luego de convocar a una nueva reunión con los representantes de clubes locales, se terminaron de definir los puntos centrales del decreto que será publicado oficialmente en breve y que establece las pautas para el regreso de actividades recreativas y deportivas.
Art. 1º - Permítase, en el Partido de San Pedro, el desarrollo de actividades recreativas y deportivas, en grupos de hasta 10 personas y en espacios abiertos, de acuerdo a las autorizaciones reglamentadas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a través de la Resolución Provincial Nº 2713/2020, ANEXO I (IF-2020-24918839-GDEBA-DPLYTMJGM), Ítem Nº 145.
Art. 2º - Establecese, que las actividades deportivas colectivas autorizadas en el Art. 1º del presente, a partir del día de la fecha, podrán ser realizadas por deportistas nacidos hasta el año 2011. En ningún caso se permitirá la utilización de vestuarios, y se deberá minimizar el uso de espacios comunes y la interacción entre diferentes grupos de deportistas.
Art. 3º - Permítase, a fin de la realización de actividades recreativas autorizadas en el Art. 1º del presente, la permanencia en espacios abiertos al aire libre, públicos y privados, así como el ingreso y permanencia en espacios abiertos al aire libre de instituciones sociales o deportivas, a partir del jueves 12 de noviembre. Los grupos, de hasta 10 personas, deberán respetar un distanciamiento de 5 metros entre cada grupo, y la utilización del tapabocas es recomendada en todo momento posible y obligatoria al llegar o retirarse del lugar. Las instituciones podrán funcionar todos los días en el rango horario de 08 a 21hs. Asimismo, podrán restringir de acuerdo a sus capacidades operativas, tanto los horarios como los días de ingreso de los socios, para garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención que eviten la propagación del virus COVID-19. Los menores nacidos en el año 2012 en adelante, solo podrán ingresar, permanecer y retirarse acompañados de alguno de sus progenitores. Se recomienda evitar la presencia de personas integrantes de grupos de riesgo.
Art. 4º - Establecese, que las actividades permitidas a través del presente Decreto podrán ser revocadas por las autoridades sanitarias locales en caso que la situación en el marco de Emergencia Sanitaria así lo amerite.
Náutico
Minutos después, el Club Náutico emitió un comunicado dirigido a los socios en el que indica:
"La Comisión Directiva del Club Náutico San Pedro informa que luego de haber participado de una nueva reunión con autoridades municipales, junto a representantes otras entidades locales se ha resuelto autorizar la apertura del club para todos los socios, desde el próximo jueves 12, todos los días de 8 a 21.
Esta novedad, junto al inicio de los entrenamientos deportivos en espacios abiertos y en grupos de hasta 10 personas, NOS COMPROMETE A TODOS a ser estrictos en el cumplimiento pleno de todas las medidas de prevención y cuidado, conocidas y difundidas durante todos estos meses.
El DISTANCIAMIENTO, uso de barbijo y utilización individual de materiales junto al empleo permanente de productos de sanitización, serán fundamentales.
El Club publicará en breve la actualización de los protocolos relacionados con estas novedades y se recuerda además que para el ingreso, será obligatoria la utilización del carnet que puede tramitarse a través de un formulario digital en www.nauticosanpedro.com.ar o en la Secretaría, sin cargo".