La Municipalidad de San Pedro dio a conocer el Decreto N° 0191-2021 que establece las condiciones para la autorización de los eventos sociales y el protocolo sanitario correspondiente para el desarrollo de los mismos.
Las actividades habilitadas podrán realizarse "al aire libre o en espacios con amplia ventilación natural, quedando la concurrencia limitada hasta un máximo del 50% del factor ocupacional determinado por la autoridad competente, el que no podrá exceder de 100 personas".
Los eventos no podrán desarrollarse entre las 2 y las 6 de la mañana.
Los invitados deberán registrarse, "previamente o in situ", en una lista de todos los asistentes con datos personales y de contacto (DNI, Nombre y Apellido, N° Celular, Dirección) a fines de poder ser contactados en caso de que las autoridades sanitarias así lo requieran.
Además, se establecen protocolos sanitarios básicos, como higienización de las manos, control de temperatura, barbijo, distancia y circulación de aire.
Los trabajadores que presten servicios en el evento, deberán presentar una declaración jurada, en donde se deje asentado fehacientemente que en los últimos 14 días no han presentado síntomas compatibles con coronavirus, que tampoco han estado en contacto con pacientes sospechosos o confirmados de COVID-19.