Controles, evaluaciones e inmunización en Mateo Sbert

La Secretaría de Salud municipal, en conjunto con el área de Salud Comunitaria, organizó una jornada de salud en el Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) Mateo Sbert, con el objetivo de brindar atención integral a los vecinos y fortalecer la prevención de enfermedades.

Desde hoy, ANSES reconoce años de aportes a mujeres que hayan sido madres


A partir de este lunes 2 de agosto, las mujeres de todo el país en edad de jubilarse y que hayan sido madres, podrán iniciar ante la Anses el trámite para que se les reconozca hasta tres años de trabajo formal por cada hijo o hija y, así, completar los años de aportes necesarios para acceder a una jubilación.

Se trata del Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) pondrá en marcha como una forma de reconocer el trabajo de las mujeres que dedicaron años a cuidar de sus hijos y que, según cálculos del organismo, permitiría a unas 155.000 mujeres acceder a una jubilación en los próximos meses.

Para acceder al reconocimiento es necesario solicitar un turno para concurrir a una oficina de la Anses a través de la web del organismo (https://bit.ly/3xg4wOq) que empezarán a ser asignados a partir de este lunes.

A partir de la vigencia del Decreto pueden computar:

· 1 año de aportes por cada hijo o hija;

· 2 años por hijo o hija adoptado o adoptada siendo menor de edad;

· 1 año adicional por cada hijo o hija con discapacidad;

· 2 años adicionales en caso de que por el hijo o hija haya accedido a la Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos 12 meses.


Asimismo, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas. Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes.


Cómo se realiza el trámite

El trámite es con turno previo, DNI y la o las partidas de nacimiento de los hijos o hijas. Si la titular tiene hijas e hijos con discapacidad, es necesario llevar el Certificado de Discapacidad (CUD); si se trata de hijas o hijos adoptados, la sentencia de adopción.