La concejala saliente Florencia Sánchez Kasta presentó un proyecto de ordenanza por la que creará en el partido de San Pedro el Programa Banco Social de Materiales de Construcción para mejoras habitacionales en el Partido de San Pedro.
El programa consiste en un sistema de financiación para beneficiarios determinados, destinado a "la construcción, en caso de siniestros, o emergencias en casos de vulnerabilidad extrema, y/o reparación y ampliación de vivienda única y permanente de familias con escasos recursos y funcionará bajo la órbita de la Secretaria de Desarrollo Humano".
Los beneficiarios serán aquellas personas que cumplan con los siguientes requisitos:
- No disponer de recursos económicos suficientes en el grupo familiar para acceder al sistema bancario, según informe social pertinente efectuado por la Secretaría de Desarrollo Humano del Municipio.
- Tener domicilio en el partido de San Pedro, con dos años de residencia.
- Disponer de documentación que acredite la titularidad o la posesión de la vivienda.
- Disponer de informe técnico-constructivo del mejoramiento habitacional pretendido, efectuado por arquitecto de la Secretaria de Desarrollo Humano del Municipio.
- La implementación se realizará ante la Secretaría de Desarrollo Humano del Municipio, que será la autoridad de aplicación:
- Solicitud de formulario de Ingreso al Programa por parte de los aspirantes.
- Confección del informe social.
- Determinación de la necesidad de la entrega de materiales por la autoridad de aplicación, verificando el cumplimiento de los requisitos, con firma del convenio pertinenente.
- Realización de la visita técnica y determinación de la factibilidad de la construcción solicitada, a firi de establecer el cálculo de los materiales necesarios.
- Primer desembolso de materiales por etapas, hasta ser cumplimentada la etapa de obra solicitada, con verificación de profesionales de la Secretaria de Desarrollo Humano.
- El beneficiario podrá solicitar un nuevo financiamiento una vez comprobado el cumplimiento de la devolución de la solicitud anterior.
La autoridad de aplicación acordará la cantidad de cuotas y los montos de las mismas, de acuerdo al monto total calculado equivalente a los materiales entregados, previa firma del convenio estableciendo las cuotas de devolución correspondientes.
Por el artículo 5, queda prohibida la transferencia de los materiales por parte de los beneficiarios. Aquellos que realicen transferencia de los materiales, sea de forma total o parcial, no podrán volver a acceder a este programa y quedaran obligados de igual manera retribuir el valor de los mismos.
Los beneficiarios que por razón justificada no hayan utilizado los materiales, deberán devolverlos al municipio en el mismo estado en el que fueran entregados. Esto será motivo de cancelación de la solicitud.