Condolencias de Sociedad Rural por la muerte Luciano Miguens, fundador de la Mesa de Enlace

La Sociedad Rural de San Pedro compartió sus condolencias con la familia y amigos de Luciano Miguens, ex presidente de la Sociedad Rural Argentina.  El dirigente agropecuario y criador de caballos criollos marplatense tenía 85 años. 

Más de 100 organizaciones advierten sobre las consecuencias de la Ley Ómnibus en el medio ambiente


Más de 100 organizaciones de la sociedad civil, entre ellas la sampedrina Conciencia Ecológica, expresaron su preocupación por las medidas del Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que implica un retroceso en la legislación ambiental lograda en los últimos años en nuestro país tras mucho esfuerzo, discusiones parlamentarias y trabajo de consenso entre diversos actores sociales. 

Además, el proyecto de ley vulnera el principio de no regresión ambiental, contenido en el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566 en plena vigencia y ratificado por nuestro país), dado que los cambios propuestos a la normativa vigente implicarían una disminución de los niveles de protección ambiental ya alcanzados. 

Manuel Jaramillo, director general de Fundación Vida Silvestre Argentina, remarcó que “el proyecto de ley presentado por el ejecutivo propone avanzar sobre legislación construida de manera participativa entre diversos sectores de la sociedad y en consonancia con lo establecido por la Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente, es por ello que junto a diversas organizaciones que trabajamos en temas ambientales hemos decidido presentar formalmente nuestro planteo ante la cámara de diputados". Y finalizó "el dentro de la ley todo, fuera de la ley nada, debe aplicar también a la conservación del ambiente".

Para que Argentina sea una potencia mundial es crucial construir sobre lo ya construido evitando destruir los logros alcanzados afirman. Entre esos logros, se encuentran las normas que este proyecto de ley pretende reformar y que conforman la columna vertebral de la protección del ambiente y los recursos naturales de nuestro país. Cualquier intento de retroceder en los niveles de protección y conservación del ambiente alcanzados debe ser considerado ilegal e inconstitucional.

En referencia a la Ley de Bosques Nativos, Jaramillo detalló que “la ley de bosques es una ley que existe desde hace 15 años, producto del trabajo conjunto entre diferentes organizaciones y legisladores junto con diversas jurisdicciones, que ha permitido visibilizar los boques nativos, reducir inclusive las tasas de deforestación (aunque sean altas) y que ésta propuesta de ley pretende desfinanciar. Esto implica quitar responsabilidad del estado nacional, y dejar una puerta abierta y poco clara para la deforestación en áreas donde ahora está prohibido (áreas catalogadas como rojas y amarillas). 

Es por eso que el pedido a la Cámara de Diputados es a no hacer lugar a estas propuestas que colisionan de lleno contra principios jurídicos y normativa nacional e internacional vigente en el país, en relación a los siguientes proyectos de ley detallados, que buscan reformarse o crearse de manera parcial o total:

Ley 26.562 control de actividades de quema

Ley 26.331 de bosques nativos

Ley 26.639 de glaciares

Ley 24.922 régimen federal de pesca 

Reorganización económica capítulo IX - energía sección IX - de la transición energética 


Entre los principales argumentos esgrimidos se encuentran:

Las modificaciones propuestas a la Ley 26.331 de bosques nativos pretenden habilitar desmontes hoy prohibidos en las categorías roja (I) y amarilla (II). De aprobarse el proyecto de ley del PEN, más de 42 millones de hectáreas, cerca del 80% de los bosques nativos de la Argentina hoy bajo protección a perpetuidad, quedarán desprotegidos y a merced de desmontes a gran escala, afectando a su biodiversidad y los beneficios sociales, ambientales y culturales que proveen a las personas. Por otra parte, las modificaciones desfinancian el presupuesto para la protección de los bosques nativos al eliminar el mínimo planteado por la Ley del 0,3 del presupuesto Nacional y el 2% de las retenciones a las exportaciones de productos agrícolas y forestales.

Las modificaciones propuestas a la Ley 26.639 de glaciares permitiría la actividad económica en los ambientes periglaciares vulnerando la protección de ambientes que ya están en retroceso y que son centrales como reservorios de agua dulce, y que tienen funciones clave para la adaptación y mitigación al cambio climático y para la regulación hídrica, especialmente en zonas desérticas, no sólo para la vida humana sino para sostener el funcionamiento de los ecosistemas.

Las modificaciones propuestas a la Ley 24.922 Régimen Federal de Pesca facilitaría una profundización del extractivismo en el mar, con usos que no sigan pautas de conservación ni consideren los impactos sobre la biodiversidad marina.

Las modificaciones propuestas a la Ley 26.562 de Control de Actividades de quema al agregar a la definición de el “aprovechamiento productivo” entendido como toda “actividad que tenga una finalidad de lucro y que no tenga relación alguna con la protección medioambiental del terreno”. Esto permitiría el avance sin control ni autorización previa de quemas para desarrollo de infraestructura diversa, plantaciones, cultivos que no se comercialicen, etc. Por otra parte, si bien el proyecto de ley mantiene la prohibición de actividad de quema sin autorización, establece un plazo de 30 días hábiles para que la autoridad competente responda a la solicitud. En caso de falta de respuesta, se considerará que la quema ha sido autorizada.

En la sección del proyecto de ley sobre Transición energética lejos está de proponer de qué manera se llevará a cabo la transición energética hacia una matriz energética más limpia en Argentina, y cuál será la hoja de ruta para cumplir con los compromisos internacionales de reducción de emisiones a 2030 y carbono neutralidad a 2050 en el marco del Acuerdo de París. Por otra parte, faculta al Poder Ejecutivo Nacional para la asignación de derechos de emisión de GEI y penalización en caso de incumplimiento. Si estas actividades quedan vinculadas al PEN, no queda claro el rol y función de las demás áreas gubernamentales y no gubernamentales competentes en la temática.