Operativos de saturación y prevención en toda la ciudad

Distintas fuerzas seguridad de San Pedro y la zona intensificaron desde ayer los operativos de saturación en distintos puntos de la ciudad, con el objetivo de reforzar la seguridad y prevenir delitos. La masiva presencia de turistas llegados desde todo el país y naciones limítrofes, con motivo del San Pedro Country Music Festival obligó a desplegar un  dispositivo del que tomaron parte la Estación de Policía Comunal, la Unidad Táctica de Operaciones Inmediatas y otra fuerzas de la región. 

El geólogo Enrique Hopman aportó datos sobre la actividad minera y el trabajo del CONINDELTA


Ante la reciente propuesta del concejal Martín Rivas de incorporar la industria minera a los programas del Ministerio de Producción, el reconocido geólogo Enrique Hopman ha difundido una carta pública en la que aporta valiosos datos históricos sobre la actividad minera en la región de San Pedro.

En su misiva, Hopman detalla la evolución de la regulación y el control de la extracción de arena en la zona, desde la creación del CONINDELTA en 1981 hasta la actualidad. El geólogo destaca la importancia del Consejo Intermunicipal del Delta en la gestión de los recursos areneros y resalta el rol de la Dirección Provincial de Geología, Minería y Aguas Subterráneas en la supervisión de las actividades mineras.

Hopman explicó que la extracción de arena en la región de San Pedro está sujeta a una rigurosa normativa que incluye el registro de las empresas productoras, la obtención de permisos de extracción y la realización de estudios de impacto ambiental. Además, el geólogo señala que no toda la arena que se descarga en las areneras de San Pedro proviene de yacimientos ubicados en territorio bonaerense, sino que una parte significativa se extrae en la provincia de Entre Ríos.


Éste es el texto completo: 

"Ante la intervención de un concejal sobre la cuestión minera.

Es interesante que se toque el tema minero en San Pedro. Puedo aclarar su historia. Hasta 1981 aproximadamente, la provincia cobraba el canon arenero a través de la Dirección de Geodesia, pero más o menos en esa fecha se aprobó una ley que designaba la creación del CONINDELTA (Consejo Intermunicipal del Delta), integrado por los municipios de San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Escobar, Tigre y San Fernando. La provincia se reservaba el derecho de establecer el valor del canon arenero y aplicar las multas por el incumplimiento de las reglas de extracción minera de la época.

La presidencia del CONINDELTA y el manejo administrativo siempre fueron rotativos, por acuerdo del cuerpo, cuya única financiación surge, siempre, de la recaudación del canon arenero. En 1984 se creó la Dirección Provincial de Geología, Minería y Aguas Subterráneas de la provincia (hoy Subsecretaría de Minería y Geología, Ministerio de la Producción), que es la única Autoridad Minera Provincial. También se crearon delegaciones en las regiones mineras de Buenos Aires, una de ellas el CONINDELTA, que tuvo su sede en San Pedro desde 1985 hasta 1992. Por un convenio con la Municipalidad de San Pedro, el profesional geólogo delegado ocupó la Jefatura del Departamento de Policía Minera, con escalafón municipal, con incumbencias en inspecciones, labrado de actas, estadísticas, presencia en el río, y actuando como nexo entre la Autoridad Minera y el CONINDELTA. Esto incluía otras actividades mineras y ambientales de la región.

Cabe destacar que en esa época aún estaba vigente la misma ley mencionada al principio y no existía la legislación hoy vigente en temas mineros y ambientales. Desde 1992 a 1995, la Delegación de Minería dependió directamente de la presidencia del CONINDELTA, y desde esa fecha no hubo más presencia profesional que representara a la Autoridad Minera en la región.

Hoy en día, las extracciones mineras deben cumplir con tres requisitos: 1) Las empresas responsables deben estar registradas como Productor Minero de la PBA; 2) Cada embarcación debe obtener un permiso de extracción con toda su documentación legal, permisos de navegación y declaratoria de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, que además les exige tener permisos para las distintas zonas habilitadas de los ríos Paraná, Uruguay y sus afluentes; y 3) Cada empresa/embarcación debe obtener una declaratoria de Impacto Ambiental aprobada por el Ministerio de Ambiente. El CONINDELTA solo cobra el canon arenero y emite los Libres Deuda para que las embarcaciones puedan operar.

En cuanto a lo que cada municipio hace con lo recaudado, generalmente lo recaudado se reparte entre los nueve municipios en partes iguales, y antes se presentaban proyectos de obras referidas al río, la costa, etc. Recuerdo que en la época del Dr. Sánchez, se usó para habilitar un laboratorio de agua y suelos, que se utilizó, por ejemplo, para estudios en la laguna y de la calidad del agua de la ciudad, así como para obras en el balneario municipal, etc.

Las estadísticas sobre la extracción de arena en la PBA las llevan el CONINDELTA y la Subsecretaría de Minería y Geología de la PBA, y hay que destacar que no toda la arena que se descarga en las areneras de San Pedro se extrae de Buenos Aires. Muchos de los yacimientos ricos en arena, cercanos a nuestro puerto, son jurisdicción de Entre Ríos, que tiene un sistema de habilitación y recaudación distintos, y que en la zona de referencia está centralizado en Paraná, en las Secretarías de Ambiente y de la Subsecretaría de Minería entrerrianas, respectivamente".