Continúa el juicio por jurado contra el docente acusado de abuso sexual en la Escuela Agraria

Se desarrolla este viernes en San Nicolás la segunda audiencia del juicio por jurado en el que Nicolás Pérez, un docente de 34 años, está imputado por presuntos abusos sexuales cometidos en la Escuela Agraria. Si bien el acusado recibió siete denuncias en su contra (incluso contra alumnas de otros establecimientos), solo cuatro de los casos llegaron a la instancia de juicio oral. La jornada de hoy se centra en la recepción de testimonios de dos de las víctimas, así como de sus familiares y de los psicólogos que las asistieron tras los hechos denunciados.

Una mujer fue golpeada por su ex pareja

El Domingo por la noche, una mujer fue golpeada por su ex pareja, luego de una discusión.
El nuevo caso de violencia de género fue tomado por la comisaría de la mujer, que puso en conocimiento al centro de asistencia a la víctima, e inició actuaciones por la infracción a la Ley 26.485, por “Lesiones Leves”.
Conozca el texto de la Ley. 

La Ley 26.485, de protección integral a las mujeres, busca la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida y el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia. 
También propugna “las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos”.
Al mismo tiempo, incluye entre sus objetivos “la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres” y “el acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia”.
Entre los puntos centrales de la disposición, se asegura “la asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia”.

Como parte de los derechos protegidos, la norma asegura:
a) Una vida sin violencia y sin discriminaciones;
b) La salud, la educación y la seguridad personal;
c) La integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial;
d) Que se respete su dignidad;
e) Decidir sobre la vida reproductiva, número de embarazos y cuándo tenerlos, de
conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y
Procreación Responsable;
f) La intimidad, la libertad de creencias y de pensamiento;
g) Recibir información y asesoramiento adecuado;
h) Gozar de medidas integrales de asistencia, protección y seguridad;
i) Gozar de acceso gratuito a la justicia en casos comprendidos en el ámbito de
aplicación de la presente ley;
j) La igualdad real de derechos, oportunidades y de trato entre varones y mujeres;
k) Un trato respetuoso de las mujeres que padecen violencia, evitando toda conducta,
acto u omisión que produzca revictimización.

Texto completo de la Ley siguiendo el link