Jubilados Autoconvocados advirtieron al Centro de Comercio que por la pérdida de poder adquisitivo dejaron de circular 1.500 millones mensuales

Los Jubilados Autoconvocados de San Pedro presentaron una contundente nota al Centro de Comercio e Industria, alertando sobre la grave situación económica que atraviesan y su impacto directo en la actividad comercial de la ciudad. En el documento, los jubilados detallan cómo la pérdida del poder adquisitivo de sus haberes, producto de la congelación del bono y el veto a la ley que restituía el poder adquisitivo, ha generado una disminución del consumo en la zona.

Oficializaron los cambios en escalas y cuotas del monotributo


A través del Decreto 661 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó los cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, más conocido como Monotributo. 

Estas modificaciones, impulsadas por el paquete fiscal aprobado en el Congreso, impactarán directamente en las escalas y cuotas de los monotributistas.

ARCA ya había informado que todos los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado tendrán tiempo hasta el próximo 5 de febrero para cumplir con el trámite de recategorización.

Si bien falta la oficialización de las nuevas escalas, de acuerdo con la inflación acumulada en el segundo semestre del año pasado, los topes de cada categoría deberían subir un 21,24%. Así, las escalas quedarían de la siguiente manera:


  • Categoría A: podrán facturar hasta 7.813.530 de pesos. El impuesto total a pagar pasará de 26.600 a 32.223 pesos.
  • Categoría B: podrán facturar hasta 11.447.730 de pesos brutos anuales. El impuesto mensual total será de 36.681 pesos.
  • Categoría C: podrán facturar hasta 16.051.050 de pesos de ingresos brutos con un impuesto de 42.954 pesos.
  • Categoría D: podrán facturar hasta 19.927.530 de pesos y el impuesto mensual total será de 55.050 pesos.
  • Categoría E: podrán facturar hasta 23.440.590 de pesos. El impuesto para quienes se dedican a la venta de bienes será de 77.951 pesos y de 70.440 para quienes venden servicios.
  • Categoría F: podrán facturar hasta 29.376.450 de pesos. El impuesto será de 98.103 pesos para bienes y de 84.535 pesos para servicios.
  • Categoría G: podrán facturar hasta 35.130.600 de pesos y el impuesto irá de 103.328 pesos para bienes y de 149.845 pesos para servicios.
  • Categoría H: podrán facturar hasta 53.301.600 de pesos anuales. En ese caso, el impuesto será de 340.081 pesos para bienes y de 206.827 pesos para servicios.
  • Categoría I: podrán facturar hasta 59.661.450 de pesos de ingresos brutos máximos anuales. El impuesto será de 627.030 pesos para quienes se dedican a la venta de bienes y de 309.038 pesos para quienes prestan algún servicio.
  • Categoría J: podrán facturar hasta 68.322.960 de pesos mensuales y el impuesto será de 377.873 pesos por servicios y de 759.464 pesos por bienes.
  • Categoría K: podrán facturar hasta 82.375.200 de pesos con un impuesto de 1.050.386 de pesos por bienes y de 456.800 pesos por servicios.